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Sexto seminario de sociedad civil Unión Europea – México

por | Nov 15, 2018 | blog

SEXTO SEMINARIO DE SOCIEDAD CIVIL UNIÓN EUROPEA – MÉXICO

Bruselas, 25 de octubre 2018

  1. Causas estructurales de violencia hacia Personas Defensoras Derechos Humanos y Periodistas
  • Desigualdad

La situación de desigualdad, pobreza y violencia estructurales constituyen una atmósfera favorable para las agresiones contra las personas defensoras de derechos humanos. Aunque estas circunstancias no se vinculan de manera mecánica, su efecto combinado se manifiesta en condiciones históricas y sociales específicas, como el hecho de que en estos lugares ha habido una exigencia constante de derechos ante los problemas de desigualdad y pobreza que son el resultado de procesos estructurales.

Las mujeres defensoras de derechos humanos y periodistas sufren ataques diferenciados e impactos específicos por su condición de género. Esta situación implica medidas de protección y prevención diferenciadas basadas en un análisis de género que toma en cuenta las estructuras de poder que afectan a las mujeres de manera diferenciada. Las agresiones que sufren son muchas veces invisibilizadas y siguen en una situación de vulnerabilidad ya que no existen medidas de protección adaptadas.

  • Graves violaciones a derechos humanos

México vive una crisis de derechos humanos caracterizado por la existencia de graves violaciones a derechos humanos: tortura, desaparición forzada y ejecuciones extrajudiciales que ocurren en un contexto de impunidad, mostrando además un complejo contexto de macrocriminalidad, en el que las autoridades, de distintos niveles suelen estar coludidas con el crimen organizado. En estos contextos, la defensa de derechos se vuelve especialmente difícil, sobre todo cuando son las propias familias de las víctimas de violaciones a derechos humanos, quienes asumen las tareas de investigación, e incluso de búsqueda en casos de desaparición, ante la ausencia de respuesta estatal para encontrar a sus familiares y dar acceso a la verdad y la justicia.

En materia de desaparición forzada, de 2007-2017 se denunció penalmente la desaparición de 34,674 personas (la mayoría desaparecidas durante o después de 2013). En materia de búsqueda, a pesar de contar desde 2015 con un “Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y la Investigación del Delito de Desaparición Forzada”, las autoridades no cumplen el instrumento. Siguen arraigadas prácticas como la criminalización y estigmatización de las víctimas y/o sus familiares, así como la negativa a iniciar investigaciones en las primeras 24 horas. Además, existe una enorme deficiencia en materia de registros (de personas desaparecidas, control de detenciones o restos óseos), así como grandes deficiencias frente a la identificación de restos y procesamiento de fosas.

  • Corrupción/ impunidad

En México son alarmantes los índices de impunidad. La impunidad en México comienza desde las investigaciones, las cuales no son imparciales ni independientes. En la abrumadora mayoría de casos son las víctimas las que deben encargarse de la investigación del asesinato, desaparición o tortura de sus familiares. Por otro lado, la falta de voluntad de las fiscalías para enjuiciar a funcionarios públicos, ha sido una constante a través de obstrucciones procesales. En el caso de las desapariciones forzadas, de 2006 a agosto de 2017, la Procuraduría General de la República (PGR) judicializó sólo el 3.18% de sus investigaciones por desaparición y el Estado informó de 10 condenas federales de junio de 2001 a enero de 2018. Cuando el número de personas que forman parte del Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas en el periodo comprendido entre diciembre de 2006 a 2018 es de más de 37,000. En temas de tortura solo se han registrado 15 sentencias a nivel federal por este delito y sólo 7 de éstas eran definitivas. El número de sentencias son insuficientes si se analiza que, del 1º de diciembre de 2006 a octubre de 2017 la PGR informó sobre un total de 9,355 investigaciones penales en torno a este delito.

La impunidad que rodeaba los casos de violencia en contra de periodistas y activistas sociales alcanzó cifras de hasta 99.7% en 2017. Asimismo, de 2010 a 2018, hay 1,113 investigaciones iniciadas por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), de las cuales 808 son averiguaciones previas, es decir más de 72.5%; mientras que 308 son carpetas de investigación, equivalente a más de 27.6%. Además, del total de indagatorias iniciadas, sólo 7 de ellas tienen sentencia condenatoria; lo que representa, un 0.62% de efectividad, por lo que de 2010 a 2018 hay un 99.48 de impunidad.

Entre 2015 y 2016, el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) -cinco personas expertas internacionalmente reconocidas por sus trayectorias en la investigación penal de atrocidades, redes criminales, atención víctima y otros, designadas por la CIDH para brindar asistencia técnica en la investigación del caso Ayotzinapa- identificó al menos 20 mecanismos estructurales de impunidad en las investigaciones criminales en México . Destacó el GIEI, entre otros, la preponderancia de las pruebas testimoniales y confesiones, misma que puede generar impunidad al tiempo que incentiva la tortura (la cual se encubre de manera rutinaria a través de la manipulación en la documentación de la misma, afirmando falsamente que se sigue el Protocolo de Estambul); la falta de independencia de los servicios periciales, mismos que dependen de las procuradurías; y la falta de investigación desde una lógica de estructuras de mando y de colusión.

  • Desplazamiento                            .

En México decenas de miles de personas se han visto obligadas a abandonar sus hogares como una medida reactiva o preventiva para evitar ser víctimas de la violencia y riesgo que existe en diferentes entidades del país. Ante el temor a que la violencia aumente y las consecuencias sean fatales para sus vidas, se ven forzados a tomar medidas extremas como escapar y dejarlo todo. De no hacerlo, su vida y la de su familia podrían estar en grave peligro. De acuerdo con el registro histórico-acumulativo, el total de personas internamente desplazadas por la fuerza en México hasta diciembre del año 2017 es de al menos 329,9171 personas.

  •  Captura Corporativa del Estado

La captura del estado por parte de las élites económicas es un fenómeno quesocava la realización de los derechos humanos y medioambientales mediante el ejercicio de una influencia indebida sobre las instituciones y los responsables de tomar decisiones en el ámbito nacional e internacional.[1]El caso mexicano no es excepción; este fenómeno es un problema estructural que aqueja al país. “Elestado se ha rendido ante los intereses particulares de las empresas. Las demandas de los ciudadanos por la transparencia y rendición de cuentas chocan irremediablemente contra un techo de cristal infranqueable.”[2]

Cuando las personas defensoras de derechos humanos han sido afectadas por la actividad empresarial, el acceso a la justicia es un camino lleno de obstáculos, de desigualdad y desequilibrio de poder y de información, recayendo la carga de la prueba en las personas afectadas y no en quien es responsable de la violación y/o abuso a derechos humanos. Más aún, los delitos quedan impunes y la élite empresarial y política sigue sin tener que rendir cuentas dado poder que ejerce sobre el Estado Mexicano.

La falta de la participación de las personas defensoras en la toma de decisión sobre las actividades  empresariales que les afectan es grave. Sólo tiene voz la empresa y en ocasiones el gobierno funge como portavoz de las empresas al anunciar un nuevo proyecto, ya sea público, con concesión o adjudicación a privados, o público-privado, y al encontrarse con el desacuerdo y oposición de las personas que defienden sus derechos a la vida y al modo de vida.

Para la sociedad civil es importante que el Acuerdo Global México – Unión Europea cuente con el reconocimiento explícito sobre la importancia de las personas defensoras de derechos humanos y su integración en los procesos de toma de decisión en cuanto a actividades empresariales se refiere.

  • Modelo de seguridad ciudadana – Militarización

Desde el 2006 se han desplegado miles de soldados y marinos para desempeñar tareas de seguridad pública y para emplear la fuerza letal militar en contra de quienes consideran son integrantes de las organizaciones criminales La militarización de la seguridad pública, como política destinada a combatir la producción, distribución y consumo de drogas, ha incrementado el uso ilegal e indiscriminado de la fuerza, así como delitos como el asesinato, tortura y desaparición forzada.

Recomendaciones:

  • Establecimiento de un Mecanismo Internacional contra la Impunidad, bajo los auspicios de la Organización de las Naciones Unidas, con especialistas en investigación penal de otros países con probada experiencia en la materia. El mecanismo deberá fortalecer las capacidades de las fiscalías y policías del país en la investigación de crímenes, y en capacidad y servicios forenses (incluyendo en temas de búsqueda de personas desaparecidas).
  • Elaborar un plan de retiro gradual de las fuerzas armadas de las tareas de seguridad pública, con base en un diagnóstico construido a partir de evidencias e indicadores imparciales e independientes. El plan deberá contemplar una ruta crítica conforme a la cual las fuerzas castrenses regresarán a las atribuciones constitucionales que les corresponden, para lograr el regreso a la normalidad democrática por municipio y entidad federativa.
  • Derogar la Ley de Seguridad Interior y asegurar que las leyes, prácticas y regulaciones de seguridad pública cumplan con las leyes y normas internacionales de derechos humanos y cuenten con enfoques diferenciales necesarias.
  • Reconocimiento de la problemática del desplazamiento forzado interno en el país, produciendo información, desagregada, que cuantifique la escala del problema, estableciendo un sistema de recolección de información, para entender y corregir las causas estructurales. Además de emitir una Ley General de Desplazamiento Forzado de conformidad con los principios rectores de Naciones Unidas en la materia.
  • Incluir, en tratados internacionales relevantes, medidas de prevención y protección a las personas defensoras, periodistas e informantes. Específicamente, incluir, dentro del Acuerdo Global, la obligación de llevar a cabo un proceso de debida diligencia en derechos humanos ex-ante a las actividades empresariales como lo indican los Principios Rectores de las Naciones Unidas, incluso evaluaciones participativas e independientes de impacto en derechos humanos (17-21), y participar en la negociación para impulsar la firma de un tratado vinculante internacional sobre empresas y derechos humanos que incorpore medidas para la efectiva protección de las personas defensoras, periodistas e informantes.
  • El Estado y las empresas extranjeras deben promover y respetar los derechos fundamentales, como libre determinación, autonomía, propiedad comunitaria indígena, conciencia de identidad indígena, la consulta y el consentimiento, previo, libre e informado.

 

 

  1. Investigación de violaciones cometidas en contra de Personas defensoras y periodistas

– Patrón de ataques en contra de personas defensoras y periodistas

El contexto mexicano hace posible el incremento de las violaciones de derechos humanos en contra de toda la población, pero de manera específica contra quienes los exigen y los defienden en circunstancias caracterizadas por altos niveles de conflictividad. Estas circunstancias marcan también diferencias en el tratamiento que el Estado da a las reivindicaciones diversas: personas y colectivos que luchan en contextos de alta vulnerabilidad están expuestas a agresiones de mayor intensidad.

De diciembre de 2012 a septiembre de 2018, se ha documentado la desaparición de por lo menos 87 personas defensoras de derechos humanos y 159 más fueron asesinadas. Tan solo Guerrero y Oaxaca suman casi el 50% de asesinatos. Asimismo, de diciembre de 2012 a noviembre de 2016, se documentó 862 eventos de agresiones contra 1037 personas y 422 colectivos que defienden derechos humanos, de los cuales el 73% fueron cometidos por agentes estatales y el 27% restante por particulares. 7 entidades registran el 69% de los casos, Chiapas, Oaxaca, Ciudad de México, Guerrero, Veracruz, Puebla y estado de México. En el ámbito del Estado, las fuerzas estatales de seguridad pública, instituciones estatales de procuración de justicia son señaladas de manera sistemática como perpetradores.

Durante 2017, se documentó 507 agresiones contra la prensa. Desde el 01 de diciembre de 2012 al 31 de diciembre de 2017, se tienen registradas 1986 agresiones contra periodistas en razón de su labor. Las diversas agresiones abarcan una serie de acciones como amenazas, hostigamiento, campañas de desprestigio, invasiones a la privacidad, privación de la libertad, detención arbitraria, desaparición y asesinatos. De estas agresiones cometidas durante el sexenio de Enrique Peña Nieto, el 48 % han sido cometidas por funcionarios públicos, mientras que el 8% han sido perpetradas por presuntos integrantes de grupos del crimen organizado.

A ello cabe sumar las 180 agresiones contra la prensa cometidas en el contexto electoral  del año 2018.

De parte del Estado mexicano no existen estadísticas ni bases de datos detalladas públicas sobre las agresiones contra las personas defensoras, tampoco hay investigación ni seguimiento adecuado de los delitos cometidos. A esto se suma que en casi ninguno de los casos se sigue una línea de investigación que considere la labor de las personas defensoras como motivo de ataque. Por ejemplo, existen por parte de las autoridades discursos que afirman que las personas defensoras fueron asesinadas por razones de género, o por conflictos personales o por estar involucradas con el crimen organizado.

  • Espionaje gubernamental

 Durante 2017 se dio a conocer los intentos de intrusión en dispositivos móviles de periodistas, activistas y personas defensoras de derechos humanos por parte del gobierno federal a través de un software denominado Pegasus. Dicho programa es comercializado únicamente a gobiernos por parte de la empresa israelí NSO Group. En total, se han documentado más de 100 intentos de infección con el malware Pegasus en contra de más de 20 periodistas, personas defensoras de derechos humanos y activistas en México. La Agencia de Investigación Criminal (AIC) de la Procuraduría General de la República (PGR) ha reconocido haber adquirido licencias de uso del malware Pegasus y haberlo operado desde las instalaciones de la PGR en la Ciudad de México, refiriendo de forma sorpresiva e inverosímil que no cuenta con un registro de las personas que han sido vigiladas mediante el uso de Pegasus. La PGR, a través de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), se ha negado a llevar a cabo una investigación diligente, profesional y con garantías de independencia. Por el contrario, las víctimas han tenido que recurrir al Poder Judicial de la Federación, que ya ha reconocido formalmente la falta de debida diligencia por parte de la PGR y le ha ordenado agotar todas las líneas de investigación, precisando que más que sobre los teléfonos de las víctimas la indagatoria debe versar sobre las autoridades que usaron el software Pegasus.

Recomendaciones:

  • Realizar una investigación con el apoyo técnico-forense de un panel de expertos independientes (nacionales e internacionales), que mediante un esquema de cooperación internacional con el gobierno federal, pueda esclarecer sobre la adquisición y el uso inadecuado del malware (incluido “Pegasus”) utilizado para monitorear a periodistas, activistas y personas defensoras de derechos humanos, garantizando la integridad y participación de las víctimas y sanción a los responsables, incluyendo a los autores materiales e intelectuales.
  • Garantizar la adecuada implementación del Protocolo Homologado para la Investigación de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión en las Fiscalías y Procuradurías del país, y, la adopción del Protocolo Homologado para la Investigación de Delitos Cometidos en contra de personas defensoras de derechos humanos, contemplando el intercambio de buenas prácticas con la participación de expertos externos en consulta con la sociedad civil.
  • Adoptar en la estructura orgánica dentro de las Procuradurías y Fiscalías, tanto a nivel federal como en los estados, equipos o unidades capacitadas y especializadas en análisis de contexto, previa aprobación de una metodología que contenga todos los elementos necesarios para realizar dicho análisis. En los casos de poblaciones en situación de riesgo como personas defensoras y periodistas dicha metodología deberá contener un enfoque diferenciado de acuerdo a las particularidades de su labor.

 

  1. Medidas y mecanismos de prevención y Protección
  • Campaña de desprestigio y estigmatización

Las y los defensores de derechos humanos y víctimas de violaciones a derechos humanos son constantemente difamados y criminalizados. Tanto actores estatales como no estatales han promovido una narrativa que afirma que la defensa de derechos humanos en el país sirve a los intereses de la delincuencia y que la exigencia y reivindicación por el respeto de derechos puede ser utilizada para promover la impunidad en la investigación de delitos. Esta narrativa, criminaliza y pone en riesgo a víctimas y sobrevivientes de crímenes atroces, y genera un entorno poco favorable y adecuado para la defensa y promoción de derechos humanos. El mismo Relator Especial de la ONU sobre la situación de los defensores de los derechos humanos lo ha reconocido.

En cuanto a la situación de las y los periodistas, así como los medios de comunicación, los Relatores Especiales para la Libertad de Expresión, Edison Lanza y David Kaye consideran que en México “[l]as amenazas físicas y la intimidación constituyen la forma más extendida de ataques contra periodistas. También son comunes las agresiones físicas y los secuestros”. Los Relatores Especiales identificaron asimismo ejemplos “de intimidación, estigmatización, discriminación y condiciones de trabajo deficientes que agudizan la vulnerabilidad de los periodistas”. Resaltan que “[l]os ataques digitales contra los periodistas y sus fuentes, el hostigamiento a través de medios sociales y la vigilancia secreta no supervisada están entre los desafíos más recientes y alarmantes […]”.  Por otro lado, los Relatores reconocen el entorno particularmente amenazante y hostil que enfrentan las mujeres periodistas señalado que “no hay datos centralizados sobre agresiones contra mujeres periodistas”.  Por ejemplo “[e]n el estado de Guerrero, diversos miembros de la sociedad civil indicaron que habían registrado al menos 23 casos de graves agresiones contra mujeres periodistas ocurridas desde 2014”. Otro entorno particularmente hostil es internet debido a que el acoso por este medio  “extiende el espectro de las amenazas contra mujeres”. La problemática se agudiza ante la falta de perspectiva de género en la investigación, juzgamiento o protección hacia las mujeres periodistas.

  • Criminalización

La persecución legal de quienes defiende, investigan e informan a la sociedad se torna cada vez más difícil. Si bien, figuras legales como la difamación, la calumnia y la injuria se han despenalizado en algunas legislaciones mexicanas, estas han sido trasladadas al ámbito civil, o ha mutado en otros delitos cuyo núcleo básico está relacionado con el ejercicio de la libertad de expresión. En 8 entidades federativas mantienen vigentes los delitos contra el honor (calumnia, injuria y difamación); 22 el delito de halconeo (búsqueda de información sobre operación de fuerzas de seguridad) ya declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los estados de Michoacán y Chiapas; 26 mantienen el delito de ultrajes (ofender a la autoridad) en sus códigos penales.

A su vez, los obstáculos estructurales en las instituciones judiciales y gubernamentales a menudo impiden “que los periodistas obtengan resarcimiento, lo cual podría provocar la revictimización de los periodistas que son blanco de ataques o actos de intimidación”. También señalaron particular preocupación “por la aplicación, por parte de autoridades, de la ley y de procedimientos legales para hostigar y silenciar actividades periodísticas críticas, por ejemplo, realizando auditorías fiscales injustificadas y planteando acciones penales y civiles infundadas”.

La criminalización de la protesta social es uno de los métodos más frecuentes que enfrentan las personas defensoras como represalia a su legítima labor, así como la detención arbitraria.

Recomendaciones:

  • Derogar y abrogar las figuras que contemplan delitos contra la honra y dignidad en los estados. Así también, adoptar una legislación en materia civil garantista de las controversias legales entre libertad de expresión y honra de las personas.
  • Abrogar de la Ley de Imprenta que establece sanciones penales. Contempla figuras como “alteración al orden público” la cual está castigada con cárcel, y periodistas y personas defensoras son criminalizadas con esta figura legal.
  • Recopilar y publicar estadísticas detalladas y desglosadas de ataques contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas, que incluyan datos en relación al enjuiciamiento penal de los probables delitos.
  • Cumplir con los estándares internacionales, asì como recomendaciones de organismos internacionales de no usar el sistema de justicia penal para criminalizar y estigmatizar a las personas defensoras de derechos humanos ni a periodistas.
  • Capacitar y sensibilizar en materia de derechos humanos a funcionarios públicos, promoviendo el entendimiento y reconocimiento de la importante labor de quienes los defienden y la condena de los ataques en su contra, garantizando estándares de calidad y procesos de evaluación con indicadores y mecanismos de seguimiento.
  • Reconocer públicamente que proteger y promover los derechos humanos son acciones legítimas, garantizando además la adecuada implementación de los lineamientos para el Reconocimiento a la Labor de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, aprobada por la Junta de Gobierno del Mecanismo Federal de protección.
  • Mecanismo de Protección de Personas Defensoras y Periodistas

El Mecanismo de Protección a Personas Defensoras y Periodistas, que se desprende de la Ley Federal de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas ha sido la única respuesta del gobierno mexicano ante la grave situación de inseguridad que viven estos colectivos. Y aun siendo esta la única herramienta existente, carece de los fondos necesarios que garanticen la correcta implementación de las medidas de protección que otorgan, así como que disponga del personal suficiente y con el perfil adecuado. Además, tiene carencias en la coordinación de las medidas que otorga el gobierno federal y que tienen que implementar gobiernos estatales y locales u otras instancias del gobierno como puede ser la CEAV, la PGR o la CONAVIM.  De la misma manera, el Mecanismo carece de un enfoque de seguridad integral que procure proteger en los ámbitos digital, psicosocial, físico y legal a las personas solicitantes de protección, así como de un enfoque diferenciado en razón de género y pertenencia étnica.

Si bien, el Mecanismo de Protección constituye una herramienta fundamental para atender la integridad de las personas defensoras y periodistas, debemos recordar que de manera complementaria pueden implementarse otras herramientas. De esta manera el 8 de junio de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Protección a Personas que Intervienen en el Procedimiento Penal. Conforme a esta Ley se prevé la creación del Centro Federal de Protección a Personas como un órgano desconcentrado y especializado de la Procuraduría General de la República, el cual tendrá entre otras funciones, las de analizar y autorizar las solicitudes de incorporación de una persona al Programa Federal de Protección a Personas, así como dictar las medidas de protección que resulten procedentes. No obstante, a la fecha no se ha constituido formalmente dicho centro de protección, por lo que la falta de recursos materiales, financieros y humanos, ha motivado que sus funciones no puedan materializarse y contribuir al fortalecimiento de mecanismos de protección adecuados en beneficio de las personas defensoras y periodistas que intervienen en el procedimiento penal.

  • Medidas de prevención : alertas tempranas

Hasta el momento, se han solicitado formalmente y aprobado dos alertas de prevención. La primera de ellas fue en relación con la situación de periodistas en Veracruz y la segunda, aprobada formalmente por la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección en julio de 2016, se refiere a la situación de personas defensoras y periodistas en Chihuahua.

La ley menciona que “las Medidas de Prevención estarán encaminadas al diseño de sistemas de alerta temprana y planes de contingencia con la finalidad de evitar potenciales Agresiones a las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.” A partir de ello, se adoptó un “plan de contingencia”.

Dado que las acciones plasmadas en el plan de contingencia pretenden responder integralmente a problemáticas estructurales, el reto en el cumplimiento de las mismas exige voluntad política, compromiso y coordinación de las autoridades federales, estatales y municipales; de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. De igual manera, otro reto tiene que ver con un entendimiento común sobre el cumplimiento de las acciones, una evaluación de las mismas y garantizar la continuidad del plan de contingencia en caso de que este no haya sido cumplido en su totalidad al cierre de la Administración federal actual.

El potencial de esta iniciativa es evidente. Hace unos meses, los Relatores de Libertad de Expresión de Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresaron que: “El Plan de Contingencia en Chihuahua, si se desarrolla correctamente y de un modo transparente, tiene el potencial de convertirse en una de las mejores prácticas de la región en materia de prevención para periodistas y personas defensoras de derechos humanos”. Así, sumando esfuerzos se puede y se debe lograr una transformación real de las estructuras para generar un ambiente propicio y seguro para que las personas defensoras de derechos humanos y periodistas podamos realizar nuestra labor.

Recomendaciones:

·       Dotar al Mecanismo de Protección de Periodistas y Defensores de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación, de suficientes recursos materiales, humanos con el perfil adecuado, logísticos y financieros para desarrollar su mandato, conforme a la proyección que el mismo Mecanismo haga, asegurando además la transparencia presupuestal en el Fideicomiso Fondo para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

·       Garantizar que la metodología de análisis de riesgo utilizada por el Mecanismo de Protección considere todas las situaciones de riesgo, siendo en su estructura flexible en consideración a factores relacionados con el contexto en el que opera la persona defensora o periodista, así como las necesidades concretas de protección que requiere su familia, organización y/o comunidad.

·       Establecer los mecanismos legales que reglamenten la efectiva coordinación interestatal e interinstitucional entre el Mecanismo de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas con los gobiernos estatales y sus respectivas unidades de protección, los mecanismos locales y los tres niveles de gobierno, para eliminar la fragmentación de las medidas de prevención, protección e investigación.

·       Garantizar los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad, en la futura contratación de la empresa de seguridad que brinda las medidas de protección a cargo del Mecanismo Federal. Estableciendo además las correspondientes cláusulas de caducidad y evaluación periódica del cumplimiento del contrato, con participación de las organizaciones de la sociedad civil.

·       Promover la efectiva implementación de las Alertas Tempranas en diversas entidades del país que presentan patrones de agudización de agresiones contra periodistas y personas defensoras de derechos humanos. Asumiendo planes de trabajo con responsabilidades institucionales identificables (a nivel federal, estatal y municipal), tiempos de ejecución, resultados esperados e indicadores de cumplimiento.

 

  1.  Poblaciones en situación de vulnerabilidad
  • Periodistas y defensorxs desplazados

El desplazamiento interno forzado consecuencia de la violencia en México es una problemática con presencia creciente en el país, cuyas víctimas se encuentran en un estado de completa desatención y profunda vulnerabilidad.

El desplazamiento forzado es una de las medidas de protección más intrusivas y extremas. Cuando la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección decide la “extracción” de la persona es el reconocimiento de la imposibilidad de brindarles protección en su lugar habitual de residencia. No obstante, las personas desplazadas se enfrentan a diferentes problemáticas: 1) aun cuando la medida de extracción es temporal (generalmente de seis meses), no se generan paralelamente las condiciones para el retorno; 2) a las personas beneficiarias se les da vivienda, despensa y, generalmente, atención médica básica pero no se garantizan medios de subsistencia laboral, acompañamiento psicosocial para ellos/as y sus familiares, o educación para las y los hijos; 3) no se investigan los hechos que dieron origen al desplazamiento; 4) si bien existe una coordinación adecuada con instituciones de seguridad pública al momento de la extracción, esa coordinación es prácticamente inexistente con instituciones de atención a víctimas para la dotación de medidas  de apoyo. Tampoco existen redes de apoyo. La falta de estas condiciones -que no abordan las causas del desplazamiento- genera frustración, desprotección y sentimientos de abandono en las personas beneficiarias, quienes muchas  veces prefieren volver o quedarse en los lugares donde viven aún con los riesgos que ello implica.

  •  Personas defensoras de tierra, territorio y medio ambiente

En 2017, México era el tercer país más peligroso en América Latina para personas defensoras de la tierra y medioambiente, y el cuarto país más peligroso a nivel mundial. Mataron al menos a 15 personas defensoras de la tierra, en contraste con las cinco de 2016. Es importante reconocer que muy probablemente hubo más asesinatos pero que no fueron registrados. Más aún desde julio de 2016 a diciembre de 2017, se produjeron en México 88 casos de ataques en contra de personas defensoras de los derechos humanos ambientales.2 Los proyectos o actividades más frecuentemente relacionados con los ataques son el despojo de tierras/territorio y la minería. Siguen los proyectos de infraestructura, luego los hidroeléctricos, los de obras públicas y/o políticas públicas en administración de agua, proyectos inmobiliarios, energía renovable, siembra de transgénicos y tala clandestina. Hay altos niveles de impunidad para delitos cometidos contra personas defensoras, cuyo efecto es un incremento en la violencia contra dichas personas. Las leyes sobre la gobernanza de los recursos naturales y la protección de comunidades afectadas por mega-proyectos no se implementan de una manera adecuada.

Una cantidad significativa de las personas defensoras del medio ambiente en el país son líderes indígenas o campesinos, que protegen sus tierras ancestrales y sus medios de vida tradicionales de megaproyectos mineros, eólicos, turísticos, infraestructura y agronegocios a gran escala.   Es posible observar una serie de acciones similares en el actuar del Estado, contrarias al respeto y garantía de los derechos humanos. Como la decisión de implementar megaproyectos sin considerar a quienes podría afectar, la falta de reconocimiento del derecho de libre determinación de los pueblos indígenas, la desprotección de los territorios indígenas o comunitarios, la inexistencia legal y desprotección de las comunidades equiparables, la falta de consulta libre previa e informada y culturalmente adecuada; el incumplimiento de decisiones judiciales por parte de las propias autoridades del Estado, la incongruencia de algunas decisiones judiciales, el uso abusivo del poder y, la imposición de un modelo de desarrollo.

La situación de personas defensoras de tierra y territorio es particularmente preocupante en el estado de Oaxaca. Tan solo en el 2018 fueron asesinados en Oaxaca 4 defensores, integrantes de la organización Comité de Defensa de Derechos Indígenas (CODEDI), casos sobre los que se ha pronunciado la UE pero en los que no existe ningún tipo de avance en las investigaciones. Nuevamente la impunidad es uno de los factores que perpetúan los ataques y dejan a las personas defensoras en particular vulnerabilidad.

  • Informantes

Una de las dificultades en cuanto a la impunidad en el ámbito de violaciones a los derechos humanos es la falta de acceso a información oportuna y detallada sobre actos ilícitos dentro de las empresas y las instituciones gubernamentales, incluyendo corrupción, violaciones a derechos humanos, malas prácticas en la administración pública u otras cuestiones altamente sensibles. Los informantesson una fuente esencial para conseguir este tipo de  información. Sin embargo, “[s]i denuncian públicamente las situaciones de las que tienen conocimiento, es probable que su forma de vida sea severamente afectada porque, aunque lo hagan de forma anónima, es posible rastrear e identificar la fuente.”[3]

“Aunque las personas informantes pueden cumplir un rol sumamente importante para fortalecer las democracias, en México no hay disposiciones normativas ni agencias para su protección. Por un lado, la [..] ley de personas defensoras de derechos y periodistas no lo contempla; por la otra, en la reforma de 2015 a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública se desestimaron disposiciones jurídicas con tal fin; en general, son mínimas las menciones relativas al asunto en la normativa mexicana.”[4]El reconocimiento de esta figura como países miembros de la OCDE no se ha trasladado a la normatividad mexicana.La falta del reconocimiento y protección también ha traído como consecuencia la falta de datos oficiales en los impactos o avances en esta materia.

  1. CASOS
Casos Periodo Presuntas violaciones a DDHH Estados Más información
Ernesto Sernas García Desaparición Forzada Oaxaca
  • Acción Urgente 540/2018 CED (Comité Contra Desapariciones Forzadas)
Damián Gallardo Martínez Detención Arbitraria Oaxaca
  • Opinión 23/2014 WGAD ONU
  • Recomendación 5/2018 CNDH
Librado Baños Rodríguez Detención Arbitraria Oaxaca
  • Opinión 19/2017 WGAD ONU
Enrique Guerrero Aviña Detención Arbitraria Oaxaca
  • Opinión 55/2015 WGAD ONU
  • Recomendación 5/2018 CNDH
integrantes de Sol Rojo Detención Arbitraria Oaxaca
  • Opinión 17/2016 WGAD ONU
Pablo López Alavéz Detención Arbitraria Oaxaca
  • Opinión 23/2017 WGAD ONU
CODEDI ejecuciones extrajudiciales Oaxaca
El Pueblo Indígena Otomí de San Francisco Magú, conformado por trece comunidades. 2002-2018 Libre Determinación Autonomía Reconocimiento de personalidad jurídica Preservar sus propias instituciones No ser sometidos a asimilación forzada ni a la destrucción de su cultura Participar en la adopción de decisiones que afectan sus derechos Determinar libremente sus prioridades de desarrollo Tierra y territorio Recibir asistencia técnica y financiera para el disfrute de sus derechos Estado de México El pueblo no ha sido reconocido como tal en la “Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México” ni en el “Catálogo de Localidades Indígenas de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los pueblos Indígenas”, lo que impide el acceso y ejercicio de sus derechos como pueblo indígena.
El Frente de Pueblos e Defensa de la Tierra (FPDT). 2001-2018 Libre determinación, autonomía y reconocimiento de la personalidad jurídica Territorio Acceso a la Justicia

Discriminación Libertad, integridad y seguridad personales Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

Estado de México El megaproyecto del nuevo aeropuerto internacional de la Ciudad de México ha provocado intentos de despojo por parte de los tres niveles de gobierno en contra de las comunidades Ixtapan, Nexquipayac, San Salvador Atenco, Colonia   Francisco I. Madero y Tocuila en Chimalhuacán, Atenco y Texcoco.
Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM) 2008 a la fecha Amenazas y ataques a oficinas Chihuahua A partir de una serie de incidentes relacionados con los casos que acompaña la organización, la CIDH adoptó la medida cautelar 147/08 y en febrero de 2013 la Corte IDH adoptó medidas provisionales a favor de la directora, Luz Estela Castro Rodríguez. Todas las agresiones se encuentran impunes
Estela Ángeles Mondragón y Ernesto Rábago 2010 a la fecha Amenazas, tentativa de asesinato y asesinato Chihuahua A partir del asesinato de Ernesto Rábago, la CIDH adoptó medidas cautelares para proteger a la defensora e investigar tanto los incidentes previos como el asesinato de Ernesto Rábago, abogado de comunidades rarámuri que reivindican su derecho al territorio. El caso, que también se encuentra dentro del Mecanismo de Protección, se encuentra en total impunidad. Ver MC 208/2010 (Estela Ángeles Mondragón)
Integrantes de El Barzón 2012 a la fecha Amenazas, golpes, campañas de desprestigio y asesinatos Chihuahua El 22 de octubre de 2012 fueron asesinados en el municipio de Buenaventura los defensores ambientalistas Ismael Solorio y Manuelita Solís. Luego, el 24 de febrero de 2015 fue asesinado Alberto Almeida en Ciudad Juárez.  El 13 de junio de 2018 fueron asesinados en el municipio de Namiquipa Ramón Hernández Nevares y Anselmo Hernández Andujo. También ha habido otros incidentes de golpes, amenazas y desprestigio hacia los defensores. Todas las personas pertenecen a la organización campesina El Barzón, reivindican el derecho al agua y han presentado diversas denuncias las cuales no han avanzado. El primer asesinato se convirtió en el primer caso que conoció el Mecanismo de Protección y actualmente cuenta con medidas cautelares de la CIDH, las cuales han sido ampliadas en varias ocasiones. Todos los hechos se encuentran en total impunidad. MC. 388/12 (Edgar Ismael Solorio Solís y otros)
Integrantes de la comunidad rarámuri de Coloradas de la Virgen y de Alianza Sierra Madre (ASMAC) 2013 a la fecha Amenazas y asesinatos Chihuahua Por distintas agresiones y asesinatos de diversos líderes indígenas de la comunidad de Coloradas de la Virgen (Guadalupe y Calvo) y de la organización que les acompaña, el caso se encuentra dentro del Mecanismo de Protección y todos los asesinatos se encuentran impunes.
Comunidad indígenade Choréachi 2014 a la fecha Amenazas, asesinatos, desplazamiento forzado Chihuahua A partir de los ataques y del asesinato de dos líderes indígenas (rarámuri) que reivindicaban su derecho al territorio la CIDH adoptó medidas cautelares para diferentes defensores indígenas. En octubre de 2016 amplió las medidas para proteger a toda la comunidad y, dado el riesgo y el asesinato de otros defensores indígenas (incluido Juan Ontiveros), la Corte Interamericana adoptó las primeras medidas provisionales colectivas adoptadas en relación con México
Isidro Baldenegro Enero de 2017 Asesinato Chihuahua Isidro Baldenegro, líder rarámuri, fue asesinado el 15 de enero de 2015 en la comunidad de Coloradas de la Virgen, en el municipio de Guadalupe y Calvo (región con mucha presencia del crimen organizado y una ausencia del Estado). El defensor había recibido el Premio Goldman en reconocimiento a su lucha a favor del medio ambiente en la sierra tarahumara. Su caso se encuentra en impunidad.
Consejo de Ejidos y Comunidades Opositoras a la Presa la Parota 2003 a la fecha. Últimos ataques 7 de enero de 2018 Ejecuciones extrajudiciales, tortura, detenciones arbitrarias, procesamientos injustos, acoso judicial y hostigamientos Guerrero El Consejo de Ejidos y Comunidades Opositoras a la Presa la Parota(CECOP) es un movimiento de varias comunidades que serían afectadas por la construcción de una presa hidroeléctrica con la cual se buscan inundar más de 21 comunidades indígenas y rurales. Ante la lucha emprendida por las comunidades en contra del megaproyecto, varios miembros del CECOP han sido hostigados y se han fabricado procesos falsos en su contra a lo largo de los años.No obstante, a pesar de las agresiones y hostigamientos que habían sufrido el peor surgió este  7 de enero del 2018 en la comunidad de la Concepción, en donde en el contexto de un mega operativo donde participó ejército, gendarmería, policía federal, policía estatal y ministerial se cometieron una serie de graves violaciones a derechos humanos como la ejecución extrajudicial de 3 personas, la tortura de al menos 8 y la detención arbitraria de 25, mismas fueron sujetas a una investigación plagada de irregularidades.
Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan 2009 a la fecha Desligitimización, criminalización y ataques Guerrero Tlachinollan tiene medidas provisionales por la Corte Interamericana por el caso de Inés Fernández Ortega; debido a la defensa del mismo. Si bien derivado de otros casos que representa ha sufrido diversos incidentes de criminalización, desligitmización y ataques como Ayotzinapa y CECOP, el caso de Inés sigue siendo una de las principales factores de agresiones. Desde el 2016 el gobierno mexicano busca retirar las medidas.
Centro Regional para la Defensa de Derechos Humanos “José María Morelos y Pavón” 2011 a la fecha Desligitimización, criminalización y ataques Guerrero El Centro Morelos trabaja en uno de los municipios más peligrosos del mundo por la presencia del crimen organizado y la inoperancia de las autoridades, por lo cual se han enfrentado a ataques y desligitmización de las autoridades.
Silvia Stephanie Sánchez Viesca Ortiz 5 de noviembre de 2004 Desaparición Forzada Coahuila Las autoridades han manipulado el expediente en distintas ocasiones.
Pedro Morales González 31 de mayo de 2008 Desaparición Forzada Michoacán Desaparecido por agentes de la Procuraduría de Morelia, Michoacán.
Alejandro Manriquez López 14 de septiembre de 2010 Desaparición Forzada Veracruz Detenidos-desaparecidos por policías intermunicipales de Veracruz. No se ha juzgado a los mismos.
Prisca María Jaimes Hernández
Julio Alberto Sambrano Sánchez
Heriberto Celestino Bernal Maldonado
Raúl Trujillo Herrera 28 de agosto de 2008 Desaparición Forzada Guerrero  
Salvador Trujillo Herrera
Joel Franco Ávila
Luis Carlos Barajas
Fabio Alejandro Higareda
José Luis Barajas
Gustavo Trujillo Herrera 22 de septiembre de 2010 Desaparición Forzada Veracruz  
Luis Armando Trujillo Herrera
Jaime López Carlos
Gabriel Melo Ulloa
Norma Elizabet Cruz Albino 2010 Desaparición Forzada Coahuila Desapareció al ingresar a un CERESO.
Juan Carlos Rubio Lluvias 07 de junio de 2010 Desaparición Forzada Coahuila  
César de Jesús Santos Olmedo 02 de febrero de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Yunery Citlally Hernández Delgadillo 28 de noviembre de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Karla Nayelli Saldaña Hernández 29 de noviembre de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Jesús Alberto Estrada Martínez 30 de noviembre de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Tania Contreras Ceja 11 de julio de 2012 Desaparición Forzada Michoacán Desaparecida por Policía Municipal y Marina
Diego Antonio Maldonado Castañeda 22 de julio de 2012 Desaparición Forzada Michoacán Detenidos-desaparecidos por policías estatales y crimen organizado.
Luis Enrique Castañeda Nava        
Ana Belén Sánchez Mayorga        
Antonio de Jesús Lozoya González

 

27 de noviembre de 2012 Desaparición Forzada Sinaloa Detenidos-desaparecidos por 4 patrullas con personas encapuchadas, armadas y uniformadas.
Christian Geovanny Lozoya González        
Eduardo González Mijares Febrero de 2013 Desaparición Forzada Coahuila  
Hugo Murrieta Sánchez 16 de abril de 2013 Desaparición Forzada Veracruz Desaparecido por elementos de la policía estatal.
Martín Guadalupe Camacho Llanes 06 de junio de 2013 Desaparición Forzada Sinaloa Detenido-desaparecido por policía estatal.
Rafael Espinosa Gutiérrez 15 de agosto de 2013 Desaparición Forzada Veracruz Desaparecido por elementos del crimen organizado. No se ha realizado investigación por autoridades.
Marco Antonio Orgen Maldonado 17 de noviembre de 2013 Desaparición Forzada Puebla  
Gerson Quevedo Orozco 15 de marzo de 2014- 2017 Secuestro y Desaparición Forzada Veracruz En el proceso de negociación fueron asesinados Alan Quevedo Orozco y Miguel Caldelas Morales el mismo día. Se localizaron los restos de Gerson gracias al trabajo de colectivos de familiares en 2017.
César de Jesús Santos Olmedo 02 de febrero de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Yunery Citlally Hernández Delgadillo 28 de noviembre de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Karla Nayelli Saldaña Hernández 29 de noviembre de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Jesús Alberto Estrada Martínez 30 de noviembre de 2011 Desaparición Forzada Veracruz  
Tania Contreras Ceja 11 de julio de 2012 Desaparición Forzada Michoacán Desaparecida por Policía Municipal y Marina
Diego Antonio Maldonado Castañeda 22 de julio de 2012 Desaparición Forzada Michoacán Detenidos-desaparecidos por policías estatales y crimen organizado.
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Ana Belén Sánchez Mayorga
Antonio de Jesús Lozoya González

 

27 de noviembre de 2012 Desaparición Forzada Sinaloa Detenidos-desaparecidos por 4 patrullas con personas encapuchadas, armadas y uniformadas.
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Hugo Murrieta Sánchez 16 de abril de 2013 Desaparición Forzada Veracruz Desaparecido por elementos de la policía estatal.
Martín Guadalupe Camacho Llanes 06 de junio de 2013 Desaparición Forzada Sinaloa Detenido-desaparecido por policía estatal.
Rafael Espinosa Gutiérrez 15 de agosto de 2013 Desaparición Forzada Veracruz Desaparecido por elementos del crimen organizado. No se ha realizado investigación por autoridades.
Marco Antonio Orgen Maldonado 17 de noviembre de 2013 Desaparición Forzada Puebla  
Gerson Quevedo Orozco 15 de marzo de 2014- 2017 Secuestro y Desaparición Forzada Veracruz En el proceso de negociación fueron asesinados Alan Quevedo Orozco y Miguel Caldelas Morales el mismo día. Se localizaron los restos de Gerson gracias al trabajo de colectivos de familiares en 2017.
Jorge Daniel Armenta Millán 12 de noviembre de 2015 Desaparición Forzada Sinaloa  
David Jesús López García 03 de mayo de 2017 Desaparición Forzada Tamaulipas  
Guadalupe González Arellano 24 de septiembre de 2017 Desaparición Forzada Veracruz La fiscalía no llevó a cabo ninguna investigación.
David Malagón Torres 09 de diciembre de 2017 Desaparición Forzada Michoacán La fiscalía no ha hecho trabajos de investigación.
Leonel Cervantes García 31 de enero a 02 de febrero de 2018 Desaparición Forzada Michoacán Detenido por Policía Estatal.
Brayan Eduardo Arias Garay 6 de febrero de 2018 Desaparición Forzada Nayarit No hay investigación y se ha obstruido el acceso a pruebas.
Jorge Ángel Sánchez López 19 de marzo de 2018 Desaparición Forzada Michoacán Detenido por policías ministeriales.

 

[1]Ver definición de captura corporativa, https://www.escr-net.org/es/corporateaccountability/corporatecapture/caracteristicas-captura-corporativa

[2]Ver https://www.projectpoder.org/es/el-movimiento/

[3]Hopenhaym, Fernanda y González, Ivette, Las personas defensoras de derechos humanos en el contexto del Plan Nacional de Acción Nacional sobre Empresas y Derechos Humanos en México, enDerechos humanos y empresas: reflexiones dese América Latina, 2017, p. 401

[4]Ibid. p. 401

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