Ciudad de México, a 8 de octubre de 2021
El pasado 6 de octubre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se crea la Comisión para el Acceso a la Verdad, el Esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990.
A grandes rasgos, este Decreto establece una vía para esclarecer los hechos, impulsar la justicia, y reparar a las víctimas de las atrocidades masivas cometidas en México durante el período del terrorismo de Estado contra estudiantes y miembros de movimientos sociales conocido como la “Guerra Sucia”.
Dichas víctimas, algunas de las cuales acompañamos desde la CMDPDH, han depositado la esperanza de una justicia retardada en las acciones que se desprenden del Decreto. En ese sentido, confiamos en que el Estado mexicano atenderá los reclamos históricos y sus necesidades, así como que, mediante este Decreto, implementará procesos genuinos de justicia transicional para salvar las brechas que existen entre otros esfuerzos similares y los derechos de las víctimas a la memoria, verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, de manera que se den pasos transformadores para recuperar la confianza de las víctimas.
La publicación de este Decreto, invita a reflexionar sobre las lecciones aprendidas en el pasado, como aquella que se desprende de los esfuerzos de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (FEMOSPP), que intentó, sin éxito, llevar justicia a estos casos. Dicha Fiscalía no contó con independencia, ni presupuesto suficiente para concluir su labor, ni realizó acciones de coordinación necesarias con otras dependencias de gobierno como las Fuerzas Armadas, a fin de que pudieran proporcionar la documentación e información requerida para conducir las investigaciones.
Consideramos que la efectividad de un mecanismo de justicia transicional que asegure la reparación integral de las víctimas y que contemple la garantía de sus derechos a la justicia y verdad, depende de contar con fondos suficientes, asegurar la participación de las víctimas en todas las etapas del procedimiento, ofrecer garantías de independencia e imparcialidad, y constituir un esfuerzo transexenal y con cooperación internacional que no se agote con esta administración. Por ello, vemos con agrado el artículo quinto del Decreto, por el que se instruye a la Secretaría de Relaciones Exteriores a establecer vínculos con instancias internacionales de derechos humanos, a efecto de que la Secretaría de Gobernación suscriba instrumentos para cumplir con el objeto del Decreto. Estamos seguros de que un acuerdo entre México y un organismo internacional puede propiciar que estos mecanismos gocen de la efectividad, independencia y sostenibilidad necesarios para tener un proceso de justicia transicional congruente con los objetivos del Decreto.
Desde la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos ponemos nuestro conocimiento y experiencia a disposición de este gobierno y de las víctimas, con el objetivo de asegurar que las acciones que se implementen contribuyan a garantizar sus derechos a la verdad, memoria, justicia, reparación y no repetición.