6 de septiembre de 2010
Comunicado de prensa
La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos celebra los avances alcanzados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en su tercera sesión de discusiones sobre los alcances de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).
El día de hoy, la SCJN resolvió que sí tiene facultades para pronunciarse por iniciativa propia sobre el cumplimiento de las sentencias de la CoIDH en las que se encuentre involucrado el Poder Judicial de la Federación sin la necesidad de coordinarse con los Poderes Ejecutivo y Legislativo.
Asimismo, con una votación de ocho votos a favor y tres en contra, la SCJN determinó que para analizar las obligaciones derivadas de la sentencia, se debe atender a una interpretación del conjunto de la sentencia del caso Rosendo Radilla Pacheco vs Estados Unidos Mexicanos y no solo los 10 puntos resolutivos que fijan condenas; es decir, se debe considerar el fallo de la CoIDH como una unidad, de la cual se pueden derivar obligaciones en sus distintas partes.
Saludamos asimismo las posturas de aquellos Ministros a favor de un debate sustantivo, progresista y coherente con los compromisos internacionales que nuestro país ha asumido en materia de derechos humanos, y los exhortamos a continuar con sus intervenciones en este sentido.
Destacamos las intervenciones que aludieron a la doctrina internacional de protección de los derechos humanos consagrada en la Convención Americana de los Derechos Humanos y sustentada en las sentencias de la CoIDH, como en la que se mencionó que "las sentencias de la CoIDH buscan la protección eficaz de los derechos fundamentales, no sería adecuado para un tribunal Constitucional que tiene entre sus finalidades la protección de esos derechos fundamentales, realizar interpretaciones reduccionistas o tratando de no cumplir, o de cumplir a medias, o de cumplir lo menos que podamos cumplir."
Organizaciones de la sociedad civil remitieron una carta pública en la que exhortan a los ministros de la SCJN reafirme el carácter obligatorio de las sentencias de la CoIDH dictadas en casos en los que el Estado mexicano haya sido parte y haya reconocido la competencias del máximo tribunal americano.
Asimismo, Amnistía Internacional elaboró una declaración pública en la que destaca que "una resolución positiva de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es esencial para mostrar que la ratificación de la Convención Americana de Derechos Humanos y el reconocimiento de la competencia contenciosa de la CoIDH por parte del Estado mexicano, constituyen compromisos jurídicos firmes y serios. Ello deberá implicar, además, que los derechos y garantías que se contemplan en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por México se verifiquen también ante los tribunales domésticos, convirtiéndose en elementos medulares para la solución, entre otros, de casos de desaparición forzada."
Los resolutivos alcanzados por la SCJN resultan de primera importancia considerando que en la actualidad existe otra sentencia de la Corte que ha sido incumplida por el Estado mexicano (Caso Campo Algodonero), así como otros procesos que están por concluir que, por otra parte, tocan también aspectos relativos a la indebida extensión del fuero militar (Caso Inés Fernández Ortega, caso Valentina Rosendo Cantú, caso Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García).