Bajo el contexto de la llamada “guerra contra la delincuencia organizada”, emprendida por el Gobierno Federal desde su llegada al poder en 2006, el contexto de inseguridad y violencia en México se ha agravado. La violencia en México se ha incrementado de manera sensible en los últimos cinco años y una de sus causas y manifestaciones más notorias es la militarización de la seguridad pública en el país.
Conforme a cifras oficiales, actualmente hay más de 60,000 elementos de las Fuerzas Armadas cumpliendo tareas que en un estado de normalidad democrática corresponderían exclusivamente a las autoridades civiles. Asimismo, en 17 de las 32 entidades federativas de la República, esto es, el 53.12% del total, los encargados de las instituciones policíacas locales son militares, sin contar con la presencia de militares al frente de policías municipales o de algunas agencias estatales de seguridad en al menos 25 estados. Como efecto de la actual política de seguridad federal, se han multiplicado los casos de tortura, detenciones ilegales, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas de personas por parte del Ejército, policías y grupos paramilitares.
Descarga aquí el documento en PDF
Las quejas presentadas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por violaciones de derechos humanos por parte de militares se han incrementado en un 1,000% durante el actual sexenio. Tan sólo en 2010 y 2011, una de cada tres quejas presentadas ante la CNDH fue en contra de la Secretaría de la Defensa o de la Marina.
Particularmente resulta preocupante el incremento en la cifra de desapariciones forzadas desde que dio inicio la actual administración. Según el informe de actividades más reciente de la CNDH, tan solo durante 2010 el 33% de las quejas recibidas ante dicha instancia fueron dirigidas en contra de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), de cuyo total alrededor del 13% se referían a desaparición forzada de personas.
Diversas organizaciones de la sociedad civil han documentado numerosos casos de desaparición forzada que se ven reflejados, por ejemplo, en el incremento del número de quejas por desaparición presentadas ante la CNDH entre diciembre de 2006 y febrero de 2011. En total, se han presentado 283 quejas por desaparición forzada, de las cuales 124 correspondieron a 2010 (cerca del 44%) y de esta cifra anual, 89 correspondieron únicamente al estado de Baja California (c. 72%). El incremento de quejas ante la CNDH sobre desapariciones ha sido sostenido, pasando de 7 quejas en 2006, a 77 en 2010.
Según las observaciones preliminares del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias de las Naciones Unidas (GTDFI), emitidas tras su reciente visita al país en el mes de marzo de 2011, organizaciones civiles de derechos humanos reportaron que, de acuerdo a sus estimaciones, más de 3.000 personas habrían sido desaparecidas desde el 2006. El Grupo de Trabajo concluyó que el aumento en las desapariciones forzadas en México responde directamente a la estrategia emprendida por el Presidente Calderón para hacer frente a la problemática de seguridad pública en el país.
Por otro lado, la estrategia para combatir al crimen organizado ha ocasionado que los casos de tortura aumenten con el fin de obtener confesiones que incriminen a las y los detenidos con grupos delincuenciales. La CMDPDH ha registrado casos de tortura que se a lo largo y ancho del país, muchas veces en contra de personas inocentes.
Distintos organismos internacionales de derechos humanos, tales como el Comité de Derechos Humanos y el Subcomité para la Prevención de la Tortura, han expresado su preocupación por la prevalencia de la tortura y los malos tratos en México. Tan solo entre los años 2006 a 2009, la CNDH registró un incremento del 550% en las quejas por tortura, incluso a pesar de las acusaciones en contra de la propia Comisión por no registrar debidamente las quejas este tipo de delito, lo que ha implicado que los casos registrados sean mucho menos que los que realmente se denuncian. Cabe destacar que el 79.6% de las quejas registradas por tortura fue la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) la responsable de los hechos.
Cifras del Gobierno Federal ha establecido que entre 1992 y 2006, se han sancionado a 74 personas por el delito de tortura a nivel local y tan sólo seis a nivel federal. Esto demuestra cómo el problema de la impunidad en relación a la tortura no recae en dificultades para aplicar la legislación y ni siquiera en la falta de competencia de las autoridades para aplicar la misma. La impunidad casi absoluta que prevalece en relación a la tortura implica una falta de voluntad política para terminar con este flagelo del que miles de personas han sido víctimas en México.
Tras la reforma constitucional en material de justicia penal del año 2008, mediante la cual se implementa un sistema de justicia penal acusatorio, una de las mayores preocupaciones continúa siendo la erradicación de la práctica de la tortura. A más de cuatro años de que la reforma fue aprobada, debe realizarse un análisis cuidadoso que lleve a adoptar las acciones necesarias para que no se trasladen al nuevo sistema las prácticas que han permitido el mantenimiento de la tortura en el sistema penal.
Por otro lado, en cuanto a la reforma al sistema de justicia penal, si bien ésta introdujo mejoras meritorias como la transición a un sistema acusatorio penal que incluye la presunción de inocencia, la reforma también introdujo ciertas prácticas abusivas y antidemocráticas como la detención arbitraria y automática en la forma de arraigo.
El arraigo es una medida preventiva para privar de la libertad a aquellas personas sospechosas de formar parte de la delincuencia organizada. El arraigo supuestamente debe ser utilizado como un medio para la investigación, pero en la práctica está siendo utilizado como una forma de vigilancia pública que permite más tiempo a las autoridades para establecer la culpabilidad del sospechoso.Esta medida es una forma de detención arbitraria claramente contraria a las obligaciones de México en materia de derechos humanos, y viola, entre otros, los derechos a la libertad personal, el principio de legalidad, la presunción de inocencia, el debido proceso y la revisión judicial. Más aún, el arraigo incrementa las posibilidades de que una persona sea torturada.
El uso del arraigo tiene un impacto directo sobre el derecho a la presunción de inocencia, puesto que la persona es detenida sin que se haya construido ningún caso para demostrar su culpabilidad, tal como lo establecen los principios de un sistema de justicia penal acusatorio. En los casos de arraigo, se impone una pena de antemano, sea la persona inocente o culpable, pues ésta es condenada desde el momento en que se abre un expediente de investigación penal.
Asimismo, el arraigo amplía las posibilidades de que una persona sea torturada, puesto que los controles legales y judiciales son prácticamente nulos. La CNDH ha reportado que del total de quejas que han recibido por el uso del arraigo, 67% de ellas contienen hechos de tortura. En este mismo sentido, el Subcomité para la Prevención de la Tortura de Naciones Unidas, tras su visita a México en el año 2009, constató que cerca del 50% de aquellas personas que estaban bajo arraigo presentaban señas de tortura.
De acuerdo a estadísticas registradas por la CMDPDH, en México actualmente se arraiga a 1.82 personas cada día a nivel federal, mientras que a nivel estatal el índice es de 1.12 personas por día. Esto ha llevado a que se presenten ante la CNDH al menos 120 quejas entre 2008 y 2010, de las cuales 38% estaban relacionadas con una detención arbitraria, 41% debido a casos de tortura u otros tratos crueles o inhumanos, y 26% reclamaban tanto una detención arbitraria como tortura.
La estrategia de combate al crimen organizado basada en el uso de la fuerza y la militarización ha ocasionado también visto una escalada en el número de agresiones en contra de defensoras y defensores de derechos humanos y ha elevado el riesgo de quienes se dedican a la defensa de los derechos humanos en México.
Entre 2006 y 2011, según reportes de la sociedad civil, 61 personas defensoras de los derechos humanos fueron asesinadas y al menos otras 4 desaparecidas. El número de agresiones y amenazas en su contra es aún más elevado. Según un informe publicado por la Oficina en México de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, entre 2006 y 2010 se registraron un total de 165 ataques y agresiones en contra de defensoras y defensores de derechos humanos, de los cuales 98.5% continúan impunes.
Según el más reciente informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) publicado en julio de 2011, “El Derecho a Defender: Informe Especial sobre la Situación de las y los Defensores de los Derechos Humanos en México”, entre enero de 2005 y mayo de 2011 se registraron un total de 523 expedientes relacionados con agresiones contra defensoras y defensores de derechos humanos. Cabe destacar que, mientras entre 2005 y 2009 el promedio fue de 21 expedientes por año, en 2010 se registró un total de 48 expedientes y en 2011 59, lo que significó un aumento superior al 100%.
El pasado 30 de abril el Congreso aprobó por unanimidad en ambas Cámaras la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, la cual contempla acciones tanto de prevención como de protección para garantizar la vida, integridad, libertad y seguridad de las y los defensores de derechos humanos y periodistas. La iniciativa fue resultado de largos meses de trabajo entre organizaciones de la sociedad civil y representantes del Poder Legislativo. Además, contó con el acompañamiento de organizaciones internacionales como Amnistía Internacional y Brigadas Internacionales de Paz, además de haber gozado del asesoramiento técnico de la Oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos.
Sin embargo, a pesar de que una gran cantidad de estos delitos son cometidos por elementos de las Fuerzas Armadas, las denuncias de dichas violaciones no son investigadas y hasta el momento no existe un sólo miembro de las Fuerzas Armadas condenado por un juez civil por estos hechos. Por el contrario, la jurisdicción militar continúa siendo aplicada para investigar las violaciones de derechos humanos, a pesar de que a la fecha la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado ya en cuatro ocasiones diferentes al respecto, condenando al Estado mexicano a reformar el Código de Justicia Militar para prohibir que militares involucrados en violaciones de derechos humanos sean juzgados por Tribunales militares.
En el mes de julio de 2011 la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció un precedente histórico al dejar claro que “bajo ninguna circunstancia la jurisdicción militar puede ser válida cuando se encuentren involucrados civiles en violaciones a los derechos humanos”. La Suprema Corte estableció su competencia para resolver los casos en que exista un conflicto entre las jurisdicciones militar y civil.
A pesar de ello, la jurisdicción militar continúa siendo aplicada para la investigación de violaciones a los derechos humanos cometidas a manos de elementos militares, a pesar de las cuatro sentencias de la CoIDH en las que expresamente se ha instado al Estado a modificar el artículo 57 del Código de Justicia Militar para prohibir el uso de la jurisdicción militar en aquellos casos en que se encuentren involucrados civiles.
La necesidad de restringir la jurisdicción militar es de la mayor importancia en el contexto actual por el cual atraviesa el país dado que bajo la actual política de seguridad adoptada por la actual administración conlleva una participación extensiva de las Fuerzas Armadas, estrategia que claramente no ha sido acompañada del fortalecimiento de los controles civiles necesarios para la vigencia del Estado de Derecho. Por el contrario, los pocos mecanismos existentes que facilitarían la rendición de cuentas por parte del Ejército y la Marina han sido diluidos.
El Gobierno Federal ha sido reticente de cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana, particularmente en la previsión de reformar el artículo 57 del Código de Justicia Militar. En octubre de 2010, el Presidente envió al congreso una iniciativa para reformar el uso de los tribunales militares. La iniciativa únicamente contempla la exclusión de dicha jurisdicción los delitos de desaparición forzada, violación y tortura, dejando fuera muchos otros crímenes como las ejecuciones extrajudiciales y las detenciones arbitrarias.
La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH) entiende que el crimen, el narcotráfico y la trata de personas constituyen amenazas a la estabilidad, el fortalecimiento democrático, la plena vigencia del Estado democrático de derecho y el desarrollo. México se enfrenta a organizaciones criminales que actúan hacia y desde nuestras fronteras nacionales y son responsables del tráfico de drogas, del lavado de activos, del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas, del tráfico de armas, de la extorsión, la piratería intelectual y el secuestro.
Reconocemos la importancia y la legitimidad en enfrentar la amenaza que representa el tráfico de drogas y el crimen organizado para el Estado mexicano, pero la forma en que se ha llevado a cabo despierta serias preocupaciones, principalmente frente a las obligaciones en materia de derechos humanos a las que el Estado mexicano en su conjunto se ha adherido. Tal parece que las políticas públicas parecen concentrarse exclusivamente en actividades de represión ignorando los enfoques de prevención y reparación.
La CMDPDH considera que es igualmente esencial tener una política clara y seria de lucha contra los muy altos niveles de impunidad de los crímenes cometidos en México, tanto por el crimen organizado como por las fuerzas del Estado. A su vez, resulta fundamental luchar contra la presencia de la corrupción a todos los niveles y en todas las ramas del Estado federal y regional, incluyendo la lucha contra la colusión que existe entre muchos miembros de las fuerzas públicas y del crimen organizado.