México, D.F. a 22 de julio de 2015.- El pasado 19 de junio, la Jueza Primera de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal concedió el amparo y protección al Sr. Nino Colman Hoyos Henao, mediante la resolución del amparo indirecto 1289/2014, presentado por la misma víctima y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos, en contra del no ejercicio de la acción penal por el delito de tortura del que fue víctima a manos de policías judiciales.
La Jueza de amparo en su resolución determinó otorgar el amparo y protección con el objetivo de que se valoren debidamente las pruebas existentes en el expediente de la averiguación previa, principalmente los diversos certificados y notas médicas practicados a la víctima; y que en su caso, dentro de un plazo razonable se realicen todas las actuaciones necesarias con el fin de determinar si se cometieron actos de tortura en contra de Nino Colman. Dentro de su estudio del caso, la Jueza resaltó que “la tortura actualiza una categoría especial y de mayor gravedad que impone hacer un análisis cuidadoso bajo los estándares nacionales e internacionales, tanto en su impacto de violación a derechos humanos como de delito”.
Es importante mencionar que a pesar de existir diversas pruebas que acreditan las lesiones físicas que presentó Nino Colman posterior a su detención por elementos judiciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), en agosto de 2009, el Ministerio Público ha intentado cerrar en múltiples ocasiones la investigación penal.
Asimismo, al momento de la detención, Nino Colman informó a las autoridades de la Procuraduría sobre su doble nacionalidad -colombiano de origen, naturalizado mexicano-; sin embargo, éstas omitieron dar aviso al Consulado colombiano para que se cumpliera con su derecho a la asistencia consular. En este sentido, la jueza de amparo reconoció que las autoridades investigadoras de la tortura vulneraron el derecho de Nino de asistencia consular al no haber notificado al Consulado colombiano de la detención arbitraria y la tortura de la que fue víctima, ordenando se repare al señor Nino Colman en sus derechos a la asistencia consular previstos en el artículo 36.1 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares e informe sin demora a la autoridad consular correspondiente.
A pesar de los avances que implica la resolución del amparo a favor del caso, el 6 de julio la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a través de la Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales, interpuso un recurso de revisión en contra de la resolución del amparo, solicitando que se revoque la sentencia y se le niegue el mismo.
Resulta lamentable que la Procuraduría local continúe obstaculizando la investigación penal al insistir en no investigar los hechos de tortura, a pesar de la Recomendación 2/2013 emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, en la cual el organismo protector de derechos humanos del Distrito Federal reconoció que hubo tortura en perjuicio del Sr. Nino Colman, en el mismo sentido de lo expuesto en la resolución de amparo indirecto 1289/2014.
La CMDPDH hace un llamado a la PGJDF a integrar debidamente la investigación y valorar adecuadamente las pruebas existentes para acreditar los hechos de tortura de los que fue víctima Nino Colman Hoyos Henao, y en su momento aplique las sanciones correspondientes a los responsables.
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Información Adicional
Nino Colman Hoyos Henao, fue detenido el 11 de agosto de 2009 en el Distrito Federal al salir de su centro de trabajo. Fue interceptado por dos agentes de la Policía de Investigación del Distrito Federal, uno de ellos, aún sin identificarse como autoridad, le mostró por segundos una hoja y le dijo que estaba detenido. Los subieron a un automóvil sin logo, ni registro institucional. Fue amenazado de muerte y torturado con el fin de que se declarase culpable de un delito que no cometió. Nino Colman fue sujeto a proceso y sentenciado por el delito de secuestro agravado, imponiéndole una pena de sesenta años de prisión.
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