Senado de la República Mexicana LXIII Legislatura
Asunto: La Red Plurinacional de Juezas y Jueces de Las Américas exhorta al Senado mexicano a no aprobar la Ley de Seguridad Interior
Apreciables Senadoras y Senadores,
Quienes integramos la Red Plurinacional de Juezas y Jueces de Las Américas queremos exponer nuestra preocupación por la intención de aprobar en México la Ley de Seguridad Interior, tendiente a formalizar la intervención de las Fuerzas Armadas Mexicanas en tareas de seguridad pública que no le son propias y que son contrarias a los principios de un Estado Democrático en donde el poder militar se subordina al civil.
Si bien, reconocemos que las circunstancias extraordinarias de violencia que rodean a la sociedad mexicana generan preocupación, y que como solución se opte por la adopción de una legislación ad hoc, ésta es a todas luces anticonstitucional y puede promover la arbitrariedad de los actos de las Fuerzas Armadas fomentando aún más violencia. Los Estados Democráticos Constitucionales de Derecho han previsto circunstancias de excepción como las que el Senado mexicano está buscando regular en la Ley de Seguridad Interior, pero a partir del uso de medidas extraordinarias con estrictos controles nacionales e internacionales para su aplicación, previstas a nivel constitucional en México en el artículo 29 y que únicamente requerirían de ser reglamentadas.
Entre otras situaciones preocupantes que la Ley incluye, y que han sido mencionadas ya por expertas y expertos en temas de seguridad, justicia y derechos humanos, está la falta de distinción entre el concepto de seguridad nacional y el concepto de seguridad interior; actualmente los contenidos de uno y otro concepto se traslapan y confunden. Latinoamérica, sobre todo el cono sur, ha padecido innúmeras desgracias por la adopción de la doctrina de la seguridad nacional y que se expresan en violaciones graves a los derechos humanos durante las pasadas dictaduras, heridas que aún no cierran, y que esperamos nunca mas se repitan en ninguna parte de nuestra región.
La Ley también afecta el principio de máxima publicidad en las acciones del gobierno, regulando las acciones que deriven de aplicación de la misma a información de Seguridad Nacional, impidiendo su acceso a la ciudadanía, y previo a cualquier análisis de daño que se requiere para hacer reservada información. Esto es por demás preocupante porque además de generar una opacidad gubernamental en acciones de las fuerzas armadas, incluidas las labores de inteligencia que se les destina en la Ley, vulneraria diversas reglas básicas para tener un debido proceso penal en las acciones de detención y puesta a disposición a una autoridad que realicen efectivos de las fuerzas armadas, sólo por mencionar un ejemplo.
La Ley cede el control de las acciones que se realicen en el marco de la misma a las fuerzas armadas, lo cual es en sí mismo preocupante, a lo que se suma que la legislación que se reconoce como supletoria es la Ley de Seguridad Nacional, y genera aún más incertidumbre identificar que la Ley tiene que hacer mención específica de que las fuerzas armadas son parte de las autoridades federales, es decir que están bajo la sujeción del Presidente de la República, porque parece que la Ley promueve justo todo lo contrario, en otras palabras al separar en su redacción a las autoridades federales y las Fuerzas Armadas dan a entender que estas últimas fueran un ente distinto de las primeras, generando así aun mayor incertidumbre sobre los controles civiles de sus acciones.
Existe una falta de controles legislativos ex ante, o de procedimientos jurisdiccionales ad hoc frente a al procedimiento de Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, en el que se revise la legitimidad (motivar) y legalidad (fundar) de la medida, y menos aún, una garantía secundaria de protección de derechos humanos en la que se limite la temporalidad y zonas geográficas en donde se pretende que actúen las Fuerzas Armadas, o un procedimiento de supervisión democrático o de rendición de cuentas en el que se tenga que evaluar la efectividad y eficacia de la medida adoptada.
La Ley de Seguridad Interior que se pretende aprobar pudiera perpetuar y agravar la situación de comisión de violaciones graves a derechos humanos como tortura, desaparición forzada y de ejecuciones arbitrarias por parte de las Fuerzas Armadas, dichos actos están plenamente documentados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y por organizaciones de la sociedad civil mexicanas e internacionales.
Se observa qué con la aprobación de la Ley de Seguridad Interior, pasa a segundo plano la profesionalización de las policías civiles, que requieren con urgencia un modelo de reconstrucción integral en el que se incluya una política pública de prevención de delito y actuación en contextos de violencia, así como un sistema de controles democráticos sobre la actuación de las fuerzas policiales que contemple el uso regulado de la fuerza. Igualmente, la Ley perpetúa las acciones de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública en lugar de prever su retiro de dichas tareas.
Por otro lado, respetuosamente, debemos alertarles Honorables Senadores, de la posibilidad cierta de que se produzcan conflictos de la ley que se pretende aprobar con la Constitución mexicana y con los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos vigentes en el país, lo cual abriría un insospechado campo de incertidumbre jurídica en el país, pues desde el 2011, con claridad, las y los jueces mexicanos están obligados a aplicar directamente la Constitución y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos y están obligados a defender en primer lugar éstos, inaplicando las normas inferiores que sean inconstitucionales.
La Red de Jueces visitó México en el año 2012, en el marco de una misión de observación del sistema de justicia y ya los comisionados informantes, en dicha oportunidad y sucesivamente, exhortaron al estado mexicano a que de manera pronta retirara a los militares de las labores de seguridad y de procuración de justicia. Constatamos con pesar, que nuestras recomendaciones no han sido escuchadas y hoy se pretende legalizar una intervención militar que atenta contra la población en general y sus derechos fundamentales.
En este sentido, nos unimos a lo expresado por múltiples organismos de derechos humanos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en México, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Oficina del Fondo de Naciones Unidas para los Derechos de la Infancia en México, así como también la representación de ONU-Mujeres en México y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
La Red Plurinacional de Juezas y Jueces de Las Américas hacemos un llamado al Senado mexicano para que haga una revisión exhaustiva de la propuesta legislativa y que concluya su no aprobación por ser un riesgo para la democracia y los derechos humanos en el país.