- La CNDH, a través de la Recomendación 94/2019, señala como autoridades responsables del desplazamiento interno forzado de la familia Ponce a la CEAV, al Gobernador y al Fiscal General de Chihuahua, así como a los presidentes municipales de los Ayuntamientos de Saucillo y Delicias, de dicho estado.
- La Recomendación de la CNDH reconoce violaciones a los derechos a la libertad de circulación y residencia, a no ser desplazado y a un nivel de vida adecuado; además, resalta el retraso de las instituciones del Estado mexicano para reconocer a la familia como víctima de violaciones a derechos humanos en consecuencia del desplazamiento sufrido.
Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2019.- El pasado 12 de noviembre la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) fue informada sobre la emisión de la Recomendación 94/2019 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en favor de la familia Ponce, originaria del estado de Chihuahua. Por más de 40 años la familia se dedicó al negocio de compra-venta, engorda y exportación de ganado, al comercio y a la agricultura. En 2010, en medio del grave contexto de violencia en la región, la familia fue víctima de diversos delitos cometidos por grupos de la delincuencia organizada. A pesar de que los delitos fueron denunciados ante las autoridades competentes, hasta el momento no se han esclarecido las responsabilidades. En consecuencia del aumento de los ataques cometidos en su contra, y ante la evidente colusión entre las autoridades ministeriales y los integrantes de la delincuencia organizada, varios integrantes de la familia se vieron en la necesidad de desplazarse forzadamente; tuvieron que reiniciar sus vidas en otros estados de la República. Derivado de la serie de omisiones por parte de las autoridades de todos los niveles, en 2016 la familia presentó una queja ante la CNDH. En dicha queja se denunció la situación de desplazamiento interno forzado, así como la incapacidad del Estado mexicano, en sus tres niveles de gobierno, para atender y reparar los daños sufridos de manera integral.
La Recomendación 94/2019 reconoce el caso de la familia como un caso de desplazamiento interno forzado causado por la violencia generalizada en el estado de Chihuahua. La CNDH identifica las violaciones a sus derechos humanos y exige a las autoridades implementar las medidas necesarias para reparar integralmente a las víctimas. La Recomendación no sólo prevé la generación de políticas públicas encaminadas al reconocimiento de víctimas de esta problemática, sino que contempla también el acceso rápido y oportuno a recibir medidas de atención integral. Se trata de un importante precedente para lograr el reconocimiento de los derechos de las víctimas de desplazamiento interno forzado, incluyendo la reparación integral de los daños por parte de las autoridades responsables. Su principal aporte radica en el énfasis en la construcción e implementación de rutas de acción a corto, mediano y largo plazo para que, a través de Programas de Atención Integral, las autoridades competentes brinden una adecuada atención a las víctimas de desplazamiento desde los primeros momentos.
Dentro de las recomendaciones emitidas por la CNDH se destacan las siguientes:
- De manera coordinada entre el estado de Chihuahua, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y los municipios de Saucillo y Delicias, se deberá realizar, en un plazo de seis meses, un diagnóstico que evidencie la situación en la que se encuentran las personas desplazadas y las que hubiesen retornado;
- las autoridades deberán diseñar y aplicar, dentro de un plazo de nueve meses, un Programa de Atención Integral en favor de la familia;
- en un plazo de seis meses, deberán diseñar y aplicar un programa de acceso a la educación y vivienda, además de aportar los medios y las herramientas para que la familia pueda restablecer sus medios de subsistencia;
- elaborar un documento en el que analice la pertinencia de presentar una iniciativa de “Ley de Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno” en el estado de Chihuahua;
- la CEAV deberá diseñar, en un plazo de seis meses, un protocolo de actuación para el reconocimiento y registro de la calidad de víctimas de violaciones a derechos humanos para las víctimas de desplazamiento interno forzado;
- la Fiscalía General del estado de Chihuahua, en un término de seis meses, deberá diseñar y aplicar un protocolo de investigación de los casos de desplazamiento interno forzado de personas, mediante el cual se investiguen los hechos y posibles delitos relacionados al fenómeno.
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Luis María Barranco Soto
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