La CMDPDH invita al webinario: Militarización de la seguridad pública en México
Un evento para debatir sobre los riesgos de la militarización de la seguridad pública en México y las obligaciones internacionales del gobierno respecto a las Fuerzas Armadas. #SeguridadSinGuerra #AcuerdoMilitarista
31 de agosto 2020
11 – 13 horas
Zoom
(cupo limitado)
Objetivo
Analizar los riesgos de la militarización de la seguridad pública en México y reflexionar en torno la jurisprudencia internacional en la que se establecen los parámetros de actuación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública, con miras a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Federales resuelvan los diferentes recursos legales presentados, con pleno apego a las obligaciones internacionales de México.
Ponentes
Esmeralda Arosemena de Troitiño
Relatora para México de la CIDH
Es Relatora para Guatemala, México y Venezuela, así como Relatora sobre los Derechos de la Niñez. Ocupó cargos en la Judicatura de Panamá: fue magistrada de la Corte Suprema de Justicia, de la cual fue Vicepresidenta; también fue Presidenta de la Sala II de lo Penal, y magistrada del Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia. Cursó estudios de posgrado en Género, de especialización en familia y niñez, y en materia constitucional. Es académica y docente en la Universidad de Panamá, el Instituto Superior de la Judicatura y el Órgano Judicial de Panamá. Es consultora y asesora en temas de infancia, niñez y adolescencia, mujeres y familia para organismos internacionales.
Christof Heyns
Integrante del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
Es profesor de Derecho Internacional de Derechos Humanos de la Universidad de Pretoria, Sudáfrica y fue Director y es integrante del Centro de Derechos Humanos de la misma Universidad. Fue Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, presidió la Comisión de Investigación Independiente de las Naciones Unidas sobre Burundi y es miembro del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas.
Ana Lorena Delgadillo
Fundación para la Justicia y Estado Democrático de Derecho
Es abogada con experiencia en el servicio público como Subprocuradora de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad de la Procuraduría del Distrito Federal. Fue Directora del Área de Verdad y Justicia de la Comisión para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en Ciudad Juárez y Chihuahua y visitadora investigadora de la Comisión de Derechos Humanos del DF. Ha trabajado con organizaciones no gubernamentales como el Equipo Argentino de Antropología Forense en el Proyecto para la identificación de restos de mujeres no identificadas asesinadas en Ciudad Juárez y Chihuahua y en el Proyecto Frontera, para la creación de un comité regional para búsqueda de migrantes no localizados e identificación de restos. Participó como testigo Affidavit en el caso de Campo Algodonero (González y Otras vs. México) ante la CorteIDH y presentó Amicus Curiae también ante dicho organismo, en los casos de Rosendo Radilla e Inés Fernández Ortega contra México. Colaboró en la audiencia sobre violencia institucional contra las mujeres ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Lisa Sánchez
México Unido contra la Delincuencia
Es Maestra en Gestión Pública y Gobernanza por la London School of Economics, maestra en Ciencia Política por la Universidad Sorbona y licenciada en Relaciones Internacionales por el Tecnológico de Monterrey y el Instituto de Estudios Políticos de París. Actualmente dirige México Unido Contra la Delincuencia. Trabajó para la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la OEA y se ha desempeñado como asesora para distintos gobiernos como México, Colombia y Uruguay, así como para la Sociedad Internacional del SIDA. Dentro de la administración pública colaboró con la SEP, el Instituto Mexicano de la Juventud y el Consulado General de México en París. También ha colaborado en distintas iniciativas de la sociedad civil en materia de drogas, equidad de género, salud pública, juventud y participación política. Es autora de diversas publicaciones y colaboradora regular de distintos medios de comunicación como Foro TV, Milenio Televisión, W Radio, Nexos, Grupo Expansión y Reforma. Es miembro del Consejo Mexicano de Asuntos Internacionales, COMEXI.
José Antonio Guevara Bermúdez
Director Ejecutivo CMDPDH
Es Licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana y Doctor en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid, España. Desde enero de 2014 es el Director Ejecutivo de la CMDPDH y desde junio de ese mismo año es miembro del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Actualmente es miembro del Sistema Nacional de Investigadores (Nivel I) y profesor de la Facultad de Derecho y Criminología e integrante del Cuerpo Académico “Justicia internacional, contextos locales de injusticia y derechos humanos”, de la Universidad Autónoma de Tlaxcala.
Olga Guzmán Vergara
Directora Incidencia CMDPDH
Es Directora de Incidencia Nacional e Internacional de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos. Tiene una maestría en Política Social Internacional por la Universidad de Kent, Reino Unido y es licenciada en Relaciones Internacionales por la Universidad de las Américas Puebla. Es profesora de Derecho Internacional de Derechos Humanos del Programa de Educación Superior para Centros de Reinserción Social de la Ciudad de México (PESCER) de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) y ha trabajado en diversas organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la promoción y defensa de los derechos humanos.
Laura Rojas
Diputada Federal
Laura Angélica Rojas Hernández es actualmente diputada federal y presidenta de la Cámara de Diputados del Partido Acción Nacional. Ha sido regidora del Ayuntamiento de Tlalnepantla de Baz, Estado de México, así como senadora de la República. Presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional sobre el acuerdo emitido por el Ejecutivo Federal, que prevé mantener a las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública.
Catalina Pérez Correa
CIDE Aguascalientes
Es Maestra y Doctora en derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Stanford en California. También es Profesora Investigadora del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE). Ha sido profesora en la Facultad de Derecho de la UNAM, investigadora en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM e investigadora visitante en el Schell Center for International Human Rights de la Escuela de Derecho de la Universidad de Yale, en Estados Unidos. Es colaboradora del Programa de Política de Drogas del CIDE y miembro del Colectivo de Estudios Drogas y Derecho, CEDD.
Programa
Tiempos | Intervención | Objetivo de intervención |
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5 min | Olga Guzmán (moderación), CMDPDH | Bienvenida, presentación de ponentes y objetivos de webinario |
15 min | Christof Heyns, Integrante del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas | Presentación de hallazgos y recomendaciones de su visita a México como Relator Especial de Ejecuciones Extrajudiciales, así como de las observaciones finales del Comité de Derechos Humanos relacionadas a la militarización. |
15 min | Comisionada Esmeralda Arosemena, CIDH |
Estándares interamericanos relacionados al uso de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública |
10 min | Laura Rojas, Diputada Federal | Fuerza Armada permanente para tareas de seguridad pública y el artículo Quinto Transitorio de la reforma constitucional de marzo de 2019 |
10 min | Catalina Pérez Correa, Académica del CIDE Aguascalientes | Incremento del uso ilegal e indiscriminado de la fuerza, así como delitos como las privaciones arbitrarias de la libertad, el asesinato, la tortura y la desaparición forzada. |
10 min | Lisa Sánchez, México Unido contra la Delincuencia |
Amparos en contra del Acuerdo militarista publicado el 11 de mayo con el que la Presidencia de la República faculta a las Fuerzas Armadas para participar en labores de seguridad pública hasta 2024 |
10 min | José Antonio Guevara Bermúdez, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos | Acuerdo militarista - omision en su carácter extraordinario, regulado, fiscalizado, subordinado y complementario |
10 min | Ana Lorena Delgadillo, Fundación para la Justicia y Estado Democrático de Derecho |
Fuerzas armadas en tareas de seguridad pública: un obstáculo para la reconciliación, la verdad, la justicia y las medidas de no repetición |
El 11 de mayo de 2020, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria. El Acuerdo según uno de sus transitorios, entró en vigor al día siguiente de su publicación y concluirá su vigencia el 27 de marzo de 2024. No obstante, en su primer artículo el Acuerdo establece su vigencia desde la entrada en vigor del “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional” publicado el 26 de marzo de 2019. Es decir, las tareas de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública se legalizaron, mediante el Acuerdo, de manera retroactiva a partir del 27 de marzo de 2019.
Durante más de 13 años, la participación de militares en seguridad pública, ha incrementado el uso ilegal e indiscriminado de la fuerza, así como delitos como las privaciones arbitrarias de la libertad, el asesinato, la tortura y la desaparición forzada. El uso indebido de sus atribuciones se ha dirigido principalmente en contra de civiles, a quienes les atribuyen su pertenencia a organizaciones criminales o su participación en actividades delictivas.
Diversos organismos internacionales y personas expertas que han visitado o revisado la situación de México, han coincidido en que la militarización de la seguridad pública en México, como política destinada a combatir la producción, distribución y consumo de drogas, ha incrementado el uso ilegal e indiscriminado de la fuerza, así como delitos como el asesinato, tortura y desaparición forzada.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha constatado que en México la militarización de zonas del país ha tenido como consecuencia el incremento de la violencia y de las violaciones a los derechos humanos, así como el incremento de los niveles de impunidad.
Es por ello, que ha recomendado reiteradamente al Estado mexicano a “desarrollar un plan concreto para el retiro gradual de las Fuerzas Armadas de tareas de seguridad pública y fortalecer la capacidad de la policía para realizar las tareas de seguridad pública conforme con los estándares internacionales en derechos humanos.”
Por otro lado, en cuatro de sentencias en contra del Estado mexicano, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha advertido que la alta presencia militar acompañada de intervención de las Fuerzas Armadas en actividades de seguridad pública, puede implicar la introducción de un riesgo para los derechos humanos.
En el ámbito de Naciones Unidas, la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, ha sido explícita en recomendar a México el fortalecimiento, en carácter urgente, de la capacidad de la policía para llevar a cabo sus funciones de seguridad pública en línea con las obligaciones de derechos humanos, así como la adopción de un cronograma para el retiro de las fuerzas militares de las funciones de seguridad pública.
El Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Christof Heyns, en Abril 2014, recomendó al Estado mexicano adoptar todas las medidas necesarias, con efecto inmediato, para que la defensa de la seguridad pública esté en manos de civiles y no de las fuerzas de seguridad militares. El Relator Especial reiteró su preocupación por el incumplimiento de dicha recomendación en su más reciente informe en 2016 y volvió a instar al Gobierno de México a aplicar “plenamente las recomendaciones” a fin de garantizar la protección del derecho a la vida.
Los órganos de tratados de los cuales México es parte, también han sido enfáticos en las consecuencias de la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública. Por ejemplo, el Comité de Derechos Humanos (CRPR) exhortó al Estado mexicano a “alejarse de un enfoque militarizado de las fuerzas de orden y avanzar en el proceso de formación de la Guardia Nacional como institución civil y a establecer un plan que garantice el retiro gradual y ordenado de las fuerzas armadas en las funciones de seguridad ciudadana.” En este sentido, el Comité recomendó al Estado a asegurar que “la intervención de las fuerzas armadas esté restringida a circunstancias excepcionales y con una duración limitada, conforme a protocolos claros y previamente establecidos, bajo mecanismos de control civiles y esquemas de rendición de cuentas. ”Así mismo, encomendó al Estado a continuar sus esfuerzos para “proporcionar a todos los oficiales miembros de la Guardia Nacional formación intensiva en estándares internacionales de derechos humanos y considerar la introducción de períodos de pausa en la transición entre el servicio en las fuerzas armadas y en la Guardia Nacional.”
Por lo anterior, la Presidenta de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, presentó una controversia constitucional en contra del Acuerdo, debido a que en su opinión, el Ejecutivo se extralimitó en sus funciones para disponer de la Fuerza Armada permanente para tareas de seguridad pública sin respetar lo dispuesto en el artículo Quinto Transitorio de la reforma constitucional de marzo de 2019 -es decir, por tratarse de un despliegue no regulado, ni excepcional, ni subordinado, ni complementario, ni fiscalizado. De la misma forma un municipio del estado de Colima, y el Gobernador de Michoacán presentaron controversias constitucionales en contra del Acuerdo presidencial. Legisladores de diversos partidos así como organizaciones de la sociedad civil también presentaron recursos legales (amparos) ante el Poder Judicial Federal para buscar la inconstitucionalidad de dicho Acuerdo por contravenir la Constitución y los tratados internacionales de los que México es parte.