México, 8 de febrero de 2022. En próximos días se elegirá la titularidad de dos instituciones fundamentales para la atención a víctimas en el estado de Quintana Roo: la presidencia de Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CDHQROO) y de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVEQROO). Las organizaciones que firmamos este pronunciamiento estamos firmemente convencidas de que, más allá de los requisitos formales de elegibilidad, las personas que sean designadas a estas altas responsabilidades públicas deben de contar con independencia y una trayectoria sumamente sólida en la protección y defensa de los derechos humanos.
La noche del 9N un grupo de personas, en su mayoría mujeres, salieron a las calles de Cancún, Quintana Roo, para manifestarse contra la violencia feminicida. Durante la protesta, agentes policiacos perpetraron violaciones graves a derechos humanos en contra de las personas, en su mayoría mujeres, que ejercían su derecho a manifestarse. Como consecuencia de la represión, por lo menos 3 personas resultaron heridas con arma de fuego; 8 fueron detenidas arbitrariamente; 2 sufrieron tortura sexual; 1 tortura física y 13 resultaron heridas.¹
En ese contexto, y en un país con altos índices de violencia contra las mujeres, nos preocupa profundamente el hecho de que personas responsables de entorpecer u obstaculizar el acceso a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de la represión del 9 de noviembre de 2020 (9N), pudieran llegar a la titularidad de estos organismos clave de derechos humanos. La garantía efectiva de no repetición de acuerdo con estándares internacionales en materia de derechos humanos implica que, desde el poder público, se garantice un proceso que escuche la opinión de las víctimas, como las del 9N, y que perfiles que no sean -o no parezcan- independientes o estén relacionados directa o indirectamente con casos de violaciones graves a derechos humanos, no sean designados.
Los “Principios de París”, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 1993, representan la principal fuente de estándares normativos para las instituciones nacionales de derechos humanos. De acuerdo a dichos principios, estas instituciones requieren condiciones básicas para desempeñar sus tareas en términos de su composición y garantías de independencia y pluralidad. Al respecto, los Principios de París establecen que con el objeto de asegurar su independencia e imparcialidad, las instituciones nacionales de derechos humanos deben asegurar que en su composición estén “representadas la pluralidad de las fuerzas sociales activamente comprometidas con la promoción y protección de los derechos humanos”.
Con base en los Principios de París, las organizaciones que firmamos pensamos que personas como Judith Rodríguez Villanueva y César Cervera Paniagua no cuentan con la autonomía e independencia para presidir la Comisión Estatal de Derechos Humanos, por su afinidad con un partido político y consecuente falta de independencia. Además, Rodríguez Villanueva, incumplió acuerdos con las víctimas del 9N que han permitido que el caso continúe en impunidad.
Se debe además garantizar que llegue a la CEAVEQROO un perfil que respete los derechos de las víctimas, con reconocida trayectoria en materia de derechos humanos y que su elección cuente con la participación de la sociedad civil, entre otros, organizaciones y colectivos que han visto vulnerados sus derechos humanos. Preocupa que la actual CEAVEQROO está en abierto desacato a una decisión judicial sobre el caso 9N, y que esta circunstancia se mantenga si no se elige a un perfil adecuado como persona titular de la institución.
Es indispensable que los poderes públicos del estado de Quintana Roo garanticen que la persona que sustituya a actual titular de la CEAVEQROO no incurra en las mimas prácticas de revictimización y violación a los derechos humanos de las víctimas.
La causante de la impunidad no es abstracta; el Gobierno del Estado de Quintana Roo y el Poder Legislativo deben de asumir su compromiso de garantizar que las personas que lleguen a la titularidad de la CEAVEQROO y de la CDHQROO sean independientes y tengan una sólida trayectoria en materia de derechos humanos, para #NuncaMás permitir la impunidad. Solo en esa medida se construirá confianza ciudadana sobre una decisión de gran relevancia para la salvaguarda de los derechos humanos de las personas que habitan y transitan en Quintana Roo y se recuperará la legitimidad de una institución esencial para establecer límites a los abusos de poder.
#SinCuotasNiCuates
¹ Tras los hechos del 9N, la CDHQROO emitió la Recomendación CDHQROO/20/2020/II. Luego de meses de revictimización, el 8 de junio de 2021, el presidente de la CDHQROO acordó tener por “NO CUMPLIDA en su totalidad la Recomendación CDHEQROO/20/2020/II”. Por ello, se dio vista a la Legislatura del estado de Quintana Roo por el incumplimiento de la Recomendación y la CDH cerró el expediente del caso del 9N en definitiva. El 9 de noviembre de 2021, Amnistía Internacional (AI), la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) y el Comité de Víctimas del #9N sostuvimos una reunión de trabajo con la diputada Judith Rodríguez Villanueva, quien reconoció el retraso en llamar a comparecer a la presidenta municipal de Benito Juárez por el incumplimiento de la Recomendación y se comprometió a tomar acciones para superar el atraso procesal. Un mes después, la diputada Rodríguez Villanueva presidió la sesión de la Comisión de Derechos Humanos del Poder Legislativo en donde, inexplicablemente, se tuvo por cumplida la Recomendación; con lo que se traicionó el compromiso alcanzado con las víctimas. Esta decisión fue ilegal y profundamente cuestionable por las siguientes razones: La CDHQROO ya había declarado el incumplimiento total de la Recomendación en junio de 2021, por lo que, no podía revertir su propio acto administrativo que ya se encontraba firme. Ni el Poder Legislativo ni la CDHQROO tienen facultad para recibir, valorar y calificar pruebas de cumplimiento extemporáneas de una Recomendación cuyo expediente ya había sido concluido y remitido al Poder Legislativo. Los procedimientos de responsabilidad penal y administrativa de los perpetradores no han arrojado ningún avance sustantivo. Todas las medidas de reparación (compensación, satisfacción, rehabilitación, restitución y garantías de no repetición) se encuentran en litigio constitucional. Incluso, un par de meses previos al acto ilegal del Poder Legislativo, un Juzgado de Distrito dictó más de una decena de sentencias favorables a las víctimas del 9N contra los dictámenes de reparación emitidos por la CEAVEQROO y ordenó que se repusiera el procedimiento. Así, la declaratoria de cumplimiento de la Recomendación constituye desacato a una decisión judicial. En la fecha en que se dio la declaratoria de cumplimiento estaba corriendo el plazo para que las víctimas del 9N presentaran un juicio de amparo contra las medidas de satisfacción que, en un acto de simulación, habían sido recientemente implementadas por el gobierno municipal de Benito Juárez. El 9 de noviembre no fue designado como “Día Municipal en contra de la Represión Policial” sino como “Día Municipal del Derecho Humano a la Legítima Protesta”, lo cual cambió el sentido y la responsabilidad de las autoridades estatales. Las víctimas rechazaron conceder una prórroga de cumplimiento a las autoridades responsables y manifestaron públicamente su más abierto rechazo a la forma en que se han implementado las medidas de reparación.
Los hechos del 9N conmocionaron a la sociedad quintanarroense, pues un acto de protesta contra la violencia de género se convirtió en un nuevo episodio de violencia atroz contra las mujeres. A más de un año de los hechos, las víctimas no han podido acceder a la verdad, la justicia o la reparación del daño.
Organizaciones firmantes
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) / Observatorio de Designaciones Públicas / Comité de Víctimas del #9N / Red Posi+hiva