Con motivo del informe de seguimiento, y el Plan de Acción elaborado por el gobierno Federal para dar cumplimiento a las recomendaciones emitidas por el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) de la Organización de las Naciones Unidas, en virtud del informe presentado tras su visita a México en el año 2009, nos permitimos hacer ciertas aclaraciones específicas sobre algunos temas particulares abordados en el informe presentado por el Estado.
En primera instancia, deseamos hacer constar el alcance limitado que tiene el informe elaborado por el Estado, pues únicamente se presenta información acerca de las cinco entidades federativas que fueron visitadas por el Subcomité en el año 2009. No obstante, el propio informe final del SPT señala, en su párrafo 15 que, a pesar de que las conclusiones y recomendaciones tienen como referente únicamente los lugares visitados, debe entenderse que “los hallazgos encontrados podrían repetirse en otros o en algunos Estados no incluidos, lo cual debe ser de especial interés de las autoridades nacionales para un mejor aprovechamiento del objeto y fin del OPCAT que es la prevención de la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes.”
Asimismo, previo a entrar a algunos temas específicos y a modo de aclaración preliminar, es importante resaltar la falta de organización del texto y de la articulación de ideas en el documento de respuesta del Estado mexicano. En este sentido, abundan en el documento las repeticiones, las referencias a temas que en nada tienen que ver con el que se está tratando en la respuesta correspondiente y las omisiones no justificadas. Así por ejemplo, una referencia tan importante como las investigaciones en contra de militares por hechos supuestamente constitutivos de tortura, se incluye sin articulación o explicación alguna la recomendación de contar con peritos en psicología independientes (pág. 61 del documento). Esta serie de defectos en el texto dificultan su análisis, así como reafirman las dudas en cuanto a la disposición del Estado mexicano para dar cumplimiento a las recomendaciones formuladas por el SPT.