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General Gallardo

In memoriam

Fecha:
29.04.2021

Lugar:
México

Fecha de publicación:
05.08.2022

Etiqueta:
Defensor de DDHH

» Su viaje a otra dimensión no impedirá que desde nuestra trinchera sigamos luchando por lo que algún día soñó.»

José Francisco Gallardo Rodríguez, ingresó al Heroico Colegio Militar en 1963; desde entonces, comenzó una prometedora carrera militar en la que alcanzó el grado de General Brigadier.

Su proyecto de vida se orientó al ejercicio libre de la profesión militar con respeto a los derechos humanos, convicción que llevó al General a ser muy crítico sobre la militarización de la seguridad pública, el fuero militar y trabajó incansablemente para evidenciar y combatir la corrupción existente dentro de las fuerzas armadas mexicanas y las prácticas violatorias de derechos humanos arraigadas entre sus elementos y altos mandos.

Debido a su ideología, el General Gallardo siempre mantuvo una relación tensa con sus colegas y superiores jerárquicos. El punto álgido de su relación con otros integrantes del Ejército Mexicano se alcanzó cuando se emprendió una campaña de hostigamientos, difamación, descrédito, intimidación y amenazas directas en su contra por parte altos mandos y otros funcionarios de la Secretaría de Defensa Nacional. A través de esta campaña se realizaron bloqueos en su trabajo; conferencias de prensa y entrevistas dadas por autoridades de la Justicia Militar acusándolo de hechos falsos; inserciones pagadas en medios de comunicación; distribución de fotografías de su persona en unidades del Ejército en donde lo ridiculizaban; difusión de oficios con información falsa que denigraba su carrera; fabricación de delitos; sometimiento a procesos judiciales reiterados y arbitrarios; así como repetidos y extensos encarcelamientos injustos. 

«La partida del General Gallardo nos hace reflexionar a quienes conocimos su historia, lo que significó haberse ido sin hacerle justicia.»

– Jessica, hija del Gral Gallardo.

Campaña contra el General 

Durante el periodo de 1989 a 1992, se abrieron más de 20 averiguaciones previas en contra del General Gallardo; se le imputaron hasta 21 delitos que él no cometió, como injurias y calumnias al ejército, malversación, entre otros; y se le dictaron 8 autos de formal prisión. Entre las diversas investigaciones que se siguieron contra el General Gallardo, se destacan las siguientes: 

  • Averiguación Previa 28/89 derivada de una denuncia por los delitos de malversación y destrucción de lo perteneciente al Ejército, la cual fue archivada con las reservas de ley por falta de elementos para ejercitar la acción. Esta indagatoria fue reactivada en septiembre de 1993 y se inició la causa penal 2949/93, pero en esta ocasión también por supuestas difamaciones, injurias y calumnias contra el ejército mexicano y demás instituciones que dependen de él. El 9 de noviembre de 1993 el General Gallardo fue detenido arbitrariamente en el Estado de Sonora y se le mantuvo privado de su libertad en el Campo Militar número 1 en la Ciudad de México. Después de dos amparos directos, el General fue absuelto de los delitos. 
  • Averiguación previa 30/89 iniciada por denuncia de hechos supuestamente atentatorios contra la dignidad militar de otro miembro del Ejército Mexicano. Esta investigación fue archivada el 7 de agosto de 1989 con reservas de ley.
  • Averiguación Previa 85/89 por la probable comisión de los delitos de malversación, fraude, daño en propiedad de la nación y abuso de autoridad. Esta indagatoria dio pie a la apertura de las causas penales 1140/90, por los primeros tres delitos, y 1120/90 por el último delito; el 14 de mayo de 1990 un Juez Militar dictó auto de formal prisión contra el General Gallardo por los delitos de malversación, fraude y daño en propiedad de la nación, mientras que en la segunda causa penal se condenó al General Gallardo a pena de prisión por el delito de abuso de autoridad. A través de diversos juicios de amparo, se absolvió al General de tres delitos y las autoridades finalmente se desistieron de uno de ellos. 
  • Averiguación Previa 42/91 iniciada con motivo de supuestas irregularidades y bienes faltantes en la entrega recepción de la Villa Ecuestre del Estado Mayor de la SEDENA.  En esta indagatoria se determinó el archivo con las reservas de ley, pues no se satisfacían los requisitos para el ejercicio de la acción penal correspondiente.
  • Averiguación Previa No. 39/92 por el supuesto delito de abandono de plaza, que dio pie a la causa penal 1196/92 en donde el Juez Cuarto Militar adscrito a la Primera Zona Militar dictó auto de formal prisión por el delito de deserción. El General Gallardo promovió un juicio de amparo en donde se ordenó su puesta en libertad.
  • Averiguación Previa 54/93 por la solicitud del General Gallardo a la Dirección de Archivo e Historia de la Secretaría de Defensa Nacional. Esta indagatoria fue archivada en virtud de que la conducta denunciada no constituía delito alguno contra la disciplina militar.
  • Averiguación Previa SC/143/93/I, iniciada por un escrito presentado por el General Gallardo al Secretario de la Defensa Nacional, donde lo responsabiliza de su seguridad física, así como la de su familia. Esta indagatoria se orientó a esclarecer si se cometieron los delitos de difamación al Ejército, infracción de deberes comunes a todos los que están obligados a servir en el Ejército y contra el honor militar y dio pie a la causa penal 3079/93, en la que se dictó auto de formal prisión contra el General. Un tribunal federal lo absolvió finalmente de los cargos que se le imputaban.
  • Con motivo de la publicación del artículo “las necesidades de un ombudsman militar en México” en la revista Forum, el 22 de octubre de 1993 se abrió la averiguación previa No. SC/167/93/II como presunto responsable de los delitos de injurias, difamación y calumnias en contra del Ejército mexicano y de las instituciones que de él dependen y contra el honor militar.  Bajo esta averiguación se le dictó auto de formal prisión el 18 de diciembre de 1993 en la causa penal 3188/93.  Mediante la resolución constitucional 336/94 del 7 de octubre de 1994 fue protegido y amparado por la justicia federal.    
  • Averiguación Previa SC/168/93/I iniciada por supuestas injurias proferidas en un escrito de alegatos que ofreció el General Gallardo Rodríguez ante el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal en contra de actos del Titular del Ramo y otras autoridades militares. Esta indagatoria se desestimó debido a que esas manifestaciones no eran sancionables penalmente por haberse realizado ante un tribunal federal.
  • Averiguación Previa SC/194/93/II iniciada con motivo de una nota periodística publicada en la revista “Proceso” del 13 de diciembre de 1993, relativa a las declaraciones hechas por el General Gallardo Rodríguez sobre los derechos humanos en el Ejército. Esta averiguación previa fue archivada el 8 de abril de 1995.
Línea del tiempo

1963

José Francisco Gallardo Rodríguez, ingresa al Heroico Colegio Militar.

1989 a 1992

Se abrieron más de 20 averiguaciones previas en contra del General Gallardo; se le imputaron hasta 21 delitos que no cometió; y se le dictaron 8 autos de formal prisión.

1993

El General Gallardo es privado de su libertad después de la publicación del artículo “Las necesidades de un Ombudsman militar en México” en la revista Forum, que sintetizaba de su tesis de maestría.

15 de octubre de 1996

La CIDH emitió el Informe de Fondo 43/96, en el que encontró la responsabilidad internacional del Estado mexicano por violaciones a los derechos humanos del General Gallardo.

07 de febrero de 2002

El General Gallardo fue puesto en libertad; sin embargo, no hubo reconocimiento a su inocencia, ni a las múltiples violaciones a derechos humanos cometidas en su caso.

29 de abril de 2021

El General Gallardo falleció a los 74 años.

En el año de 1993, la persecución contra el General Gallardo incrementó de manera considerable por dos hechos puntuales: Una carta enviada al entonces Secretario de Defensa Nacional, en donde lo responsabilizaba a él y a otros altos mandos del ejército por las amenazas y acciones contra la integridad física y moral de su familia y la de él mismo; y la publicación del artículo “Las necesidades de un Ombudsman militar en México” en la revista Forum, que sintetizaba de su tesis de maestría, en donde denunciaba los diversos abusos de poder que los altos mandos militares efectúan contra sus subalternos; relataba cómo la SEDENAactuaba como juez y parte de las causas penales dejando en indefensión a los agraviados; y propuso la creación de un Ombudsman Militar

Con motivo de estos dos hechos se iniciaron las causas penales 3079/93 y 3188/93, respectivamente; asimismo, se reactivó la Averiguación Previa 28/89 por la cual fue detenido arbitrariamente en el Estado de Sonora y privado de su libertad en el Campo Militar número 1 de la Ciudad de México. 

Mientras permaneció privado arbitrariamente de su libertad, el General Gallardo sufrió interrogatorios privados en los locutorios del penal y en horas inhábiles; intimidaciones e imposición de aislamientos arbitrarios por parte de autoridades del penal; negativas a permisos para recibir material impreso o visitas de amistades cercanas y de defensores de derechos humanos; suspensiones y cambios arbitrarios de días y horas de visitas familiares y conyugales; restricción y vigilancia de llamadas telefónicas, por mencionar algunos. Asimismo, su familia sufrió hostigamientos, amenazas, robos y decomisos injustificados. 

Acciones del General Gallardo por las represalias en su contra

Petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Derivado de la campaña en su contra, en enero de 1995, el General José Francisco Gallardo y su familia, acompañados por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), presentó una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): la petición fue admitida con el número de caso 11.430. 

El 15 de octubre de 1996, la CIDH emitió el Informe de Fondo 43/96, en el que encontró la responsabilidad internacional del Estado mexicano por violaciones a los derechos humanos a la integridad personal, garantías judiciales, honra y dignidad, y protección judicial del General Gallardo, en contravención a los artículos 5, 7, 8, 11 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por los hechos ocurridos desde 1988.

La CIDH reconoció la existencia de “una actitud anómala por parte del Estado mexicano”, la que se configuraba como una “desviación del poder”en contra del General; la CIDH dio al Estado mexicano dos meses para que atendiera lo plasmado en dicho Informe, no obstante, el Gobierno de México no adoptó las medidas para solucionar la situación denunciada dentro de los plazos concedidos, situación que se publicó en el Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos.

Esta resolución representó la primera vez en que la CIDH se pronunciaba sobre violaciones a derechos humanos en un caso individual de México y entre sus principales conclusiones refirió:

Que a través de la detención y sometimiento del General José Francisco Gallardo a 16 investigaciones y 8 causas penales de manera continuada y sin propósito razonable lógico y justificable, el Estado mexicano ha dejado de cumplir con su obligación de respetar y garantizar los derechos a la integridad personal, garantías judiciales, honra y dignidad, y protección judicial del mencionado General Brigadier José Francisco Gallardo Rodríguez, de conformidad con los artículos 5, 7, 8, 11 y 25 de la Convención Americana, por los reiterados hechos ocurridos en México desde 1988.

Que en virtud de los hechos denunciados el Estado mexicano no ha cumplido con las obligaciones de respeto de los derechos humanos y garantías impuestas por el artículo 1.1 de la Convención Americana. 

De ahí que se emitieran las siguientes recomendaciones al Estado mexicano:

117. Se libere inmediatamente al General Brigadier José Francisco Gallardo.

118. Se tomen todas las medidas necesarias para que cese la campaña de persecución, difamación y hostigamiento en contra del General…

119. Se investigue y sancione a los responsables de la campaña de persecución, difamación y hostigamiento en contra del General…

120. Adopte las medidas necesarias para que se decidan lo antes posible las causas pendientes.

121. Se le pague una justa indemnización al General José Francisco Gallardo como reparación por las violaciones de las cuales ha sido víctima.

En marzo y abril de 1998, a pesar de la resolución emitida en el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos; la existencia de recursos pendientes de resolución en los procesos iniciados en su contra; y diversas sentencias absolutorias a su favor, el General Gallardo fue sometido a dos Consejos de Guerra en donde fue sentenciado a 28 años y 8 meses de prisión, sin que se le permitiera recurrir ninguna de esas sentencias. Además, fue expulsado del ejército y se le despojó de su rango militar.

Comunicación al Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la Organización de las Naciones Unidas(WGAD)

Específicamente sobre el arresto que sufrió con motivo de la causa penal iniciada en su contra por la publicación de su propuesta de creación de un ombudsman militar en México, el General Gallardo presentó una comunicación ante el WGAD; el 03 de diciembre de 1998, el WGAD emitió la Opinión N° 28/1998, en la que concluyó lo siguiente: 

13. [El motivo de la detención] …no parece ser otro que el ejercicio legítimo de su libertad de expresión y opinión, manifestado en el artículo publicado en que reclama la instalación de un Ombudsman para el ejército, derecho consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La privación de libertad de José Francisco Gallardo Rodríguez es arbitraria, ya que contraviene a los artículos 8, 9 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y a los artículos 9, 14 y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y corresponde a las Categorías II y III de las categorías aplicables al examen de los casos presentados al Grupo de Trabajo.

Asimismo, ordenó:

…al Gobierno que adopte las medidas necesarias para remediar la situación, conforme a las normas y principios enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Medidas cautelares solicitadas a la CIDH

Sin acatar lo recomendado por la CIDH el 4 de agosto del mismo año y a manera de represalia, las autoridades penitenciarias segregaron al General Gallardo en el extremo oriente de la prisión militar, lo que se acompañó de diversas presiones por parte del personal del penal para que retirara sus denuncias contra el ejército; desistiera de su lucha; reconociera la culpa en los delitos que se le imputaban; y que pidiera perdón a la SEDENA. Lo anterior llevó a que se solicitaran medidas cautelares a la CIDH.

Mediante resolución del 2 de noviembre de 2001, la CIDH otorgó medidas para la protección de la vida, la integridad y la libertad personales del General Gallardo, al igual que las garantías para que sus familiares y representantes pudieran acceder a su lugar de reclusión.

Medidas provisionales ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos
(Corte IDH)

Contrario a lo ordenado por el WGAD y la CIDH, en 1999 el General fue trasladado del Campo Militar número 1 al Centro de Readaptación Social Nezahualcóyotl-Bordo Xochiaca, en el Estado de México, bajo el argumento de que ya no era militar. Aun cuando las diversas agresiones y violaciones a sus derechos y los de su familia disminuyeron cuando fue trasladado al penal de Neza-Bordo, continuó privado de su libertad sufriendo traslados injustificados; condiciones indignas e insalubres; agresiones; negación de visitas, negación de entrada a sus representantes; y diversos ataques y hostigamientos hacia su familia fuera de la prisión.

La CIDH consideró que el Estado mexicano no cumplió con las medidas cautelares decretadas el 2 de noviembre de 2001, por lo que remitió una petición a la Corte IDH para que decretara medidas provisionales en favor del General y su familia. 

En su petición, la CIDH señaló, para fundar su petición, que:

  • El General Gallardo se encontraba detenido de hecho en el Centro de Readaptación Social “Nezahualcoyotl-Bordo Xochiaca” en el Estado de México. 
  • La vida e integridad personal del General se encontraban en grave peligro. 
  • Esa CIDH y el WGAD analizaron el caso y concluyeron que la detención fue ilegal. 
  • Existían actos de hostigamiento. 
  • la “detención continuada de hecho” del General no permite garantizar su vida e integridad física, como tampoco la de sus familiares. En estas condiciones, la liberación del General Gallardo es una condición sine qua non para evitar la consumación de los daños irreparables que los amenazan. 

El 20 de diciembre de 2001, la Corte IDH consideró que de la petición formulada por la CIDH se desprendía una situación de urgencia y grave peligro para la vida e integridad personal del General Gallardo, por lo que resolvió

  1. Requerir al Estado que adopte, sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para proteger la vida e integridad personal del General José Francisco Gallardo Rodríguez. 
  2. Requerir al Estado que, a más tardar el 14 de enero de 2002, informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las medidas que haya adoptado en cumplimiento de la […] Resolución. 
  3. Requerir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, dentro de 10 días a partir de la notificación del informe del Estado, present[ara] a la Corte Interamericana de Derechos Humanos las observaciones que estim[ara] pertinentes. 
  4. Convocar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los Estados Unidos Mexicanos a una audiencia pública en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 18 de febrero de 2002, a las 15:00 horas, con el propósito de que la Corte escuch[ara] sus puntos de vista sobre los hechos y circunstancias que motivaron la solicitud de medidas provisionales. 

Esta determinación fue refrendada mediante resoluciones del 14 y 18 de febrero de 2002, en donde se decide: 

  1. Ratificar en todos sus términos las Resoluciones del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 20 de diciembre de 2001 y 14 de febrero de 2002 y, por consiguiente, requerir al Estado que mantenga cuantas medidas sean necesarias para proteger la vida e integridad personal del General José́ Francisco Gallardo Rodríguez, sin perjuicio de cualesquiera otras medidas que sean pertinentes de establecer, en los términos de lo previsto en el considerando número 6 de la presente Resolución.
  1. Requerir al Estado que, dentro de 15 días contados a partir de la notificación de la presente Resolución, informe a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre las medidas que haya adoptado en cumplimiento de la misma.

Liberación del General

Finalmente, debido a las múltiples denuncias, tanto a nivel nacional como internacional, y luego de 9 años, 2 meses y 28 días en prisión por delitos que no cometió, el 07 de febrero de 2002 el General José Francisco Gallardo Rodríguez fue puesto en libertad; sin embargo, dicha liberación no se dio en reconocimiento a su inocencia, ni a las múltiples violaciones a derechos humanos cometidas en su caso, sino derivado de una decisión del entonces presidente, Vicente Fox Quesada, quien expidió un acuerdo dirigido a la SEDENA por el que concede la reducción de las penas que el General Gallardo se encontraba compurgando, argumentando que con esto daba cumplimiento al compromiso asumido en materia de derechos humanos por el Gobierno de México.

Después de su liberación, el General Gallardo continuó con su formación académica para ponerla después al servicio de la sociedad mexicana; en 2006, se tituló como Maestro y Doctor en Administración Pública, con menciones honorificas, por parte de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Autónoma de México en 2006 y 2007, respectivamente. Asimismo, cursó un posdoctorado en el Instituto de Investigaciones Económicas, Observatorio Latinoamericano de Geopolítica, del Centro de Estudios Latinoamericanos.  

De igual manera, el General participó en diversos congresos internacionales donde expuso y creaba conciencia sobre la situación tan delicada de la militarización en México, como, por ejemplo, el Congreso Internacional Primer Encuentro Hemisférico frente a la militarización “Para callar las armas, hablemos los pueblos.” O los diferentes Congresos de PEN Internacional.

Paralelamente, el General Gallardo comenzó una carrera política con su postulación como candidato a Gobernador del Estado de Colima, durante las elecciones del periodo 2015-2019, pero fue víctima de una campaña de desprestigio y difamación que truncó sus aspiraciones electorales. Hacia el final de sus días, el General fungió como asesor del partido Movimiento Regeneración Nacional. 

Durante este periodo, su activismo en defensa de los derechos humanos se enfocó en concientizar sobre el rompimiento del Estado de Derecho en México por la intromisión de autoridades militares en asuntos que corresponden a autoridades civiles y sobre la necesidad de que el debate político sea civil. Asimismo, impulsó la creación de una organización civil que pudiera intervenir en situaciones de crisis, como temblores u otros eventos similares, para evitar la intervención y posibles abusos de las autoridades militares.

Vida y obra del General Gallardo 

El espíritu de lucha del General Gallardo generó que su caso fuera el primero en la historia de México en donde la CIDH emitiera un informe de fondo por violaciones a derechos humanos por parte de sus instituciones y agentes. 

Asimismo, durante su estancia en prisión, el General Gallardo fue premiado por diversas organizaciones internacionales, entre las que destaca la organización de escritores Pen Club Internacional, quien reconoció su encomiable crítica hacia las instituciones de las fuerzas armadas y exigió su inmediata liberación. 

Por otro lado, las injusticias cometidas contra el General Gallardo impulsaron a Amnistía Internacional a solicitar públicamente su liberación inmediata; lo mismo sucedió con 36 miembros de la cámara de representantes de los Estados Unidos de América. 

Quizás su mayor contribución fue su tesis de maestría, Las necesidades de un Ombudsman militar en México, en la que propuso la creación de un Ombudsman que investigara las violaciones a derechos humanos cometidas por militares contra otros militares. Su trabajo, a pesar de la mala recepción por parte de las autoridades militares, fue adoptado e impulsado por el partido Movimiento Ciudadano, que propuso en 2019 una iniciativa con proyecto de Decreto por el que se adiciona un apartado “C” al artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos.

Sin lugar a duda, el caso del General Gallardo es notable en muchos sentidos; permitió impulsar discusiones relevantes sobre la libertad de expresión, los derechos humanos de los integrantes de las fuerzas armadas, el abuso de poder al interior del Ejército mexicano, entre otras. Además, generó importantes precedentes y fue pionero en el uso de algunos mecanismos internacionales de derechos humanos.

Fallecimiento del General Gallardo 

El 29 de abril de 2021, el General Gallardo falleció a los 74 años y lo hizo sin que se le hiciera justicia; a pesar de que recuperó su libertad después de pasar más de 9 años en prisión, su liberación no derivó del reconocimiento de las autoridades responsables sobre los actos cometidos en su contra, sino que se debió a un acuerdo presidencial en donde se le redujo la pena de prisión impuesta en los Consejos de Guerra. Es decir, el General Gallardo nunca obtuvo el reconocimiento de inocencia por parte del Ejército Mexicano y demás autoridades involucradas. 

Asimismo, el General Gallardo no recibió la restitución de su cargo como General Brigadier, lo que generó que no recibiera una pensión ni servicios médicos por parte del Estado, como antiguo integrante del Ejército Mexicano. 

De igual manera, al General Gallardo tampoco se le favoreció la eliminación de todos los registros y antecedentes penales que existían a su nombre, ni tampoco se le permitió reincorporarse  a sus actividades laborales como General Brigadier; no se sancionaron a los responsables de la campaña de hostigamiento y difamación en su contra, ni a los de las amenazas cometidas contra su familia; ni se reconocieron por parte de la Secretaría de Defensa Nacional la verdad de lo sucedido ni se le ofrecieron disculpas. 

Sin embargo, el General Gallardo deja un legado invaluable para la vida democrática y la lucha contra la militarización en México.

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