Los cuatro civiles de Rosarito
#NoMasImpunidad
Fecha:
16.06.2009
Lugar:
Rosarito, Baja California
Fecha de publicación:
09.08.2022
Etiqueta:
Deteción arbitraria, tortura, fabricación de culpables.
Los 4 civiles de Rosarito es un caso grave de tortura llevada a cabo por elementos del Ejército mexicano en contra de Ramiro Ramírez Martínez, Rodrigo Ramírez Martínez, Orlando Santaolaya Villareal y Ramiro López Vásquez. Es un caso que la CMDPDH acompaña en conjunto con la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste (CCDH).
En la mañana del 16 de junio de 2009, Ramiro Ramírez Martínez, Orlando Santaolaya Villareal y Rodrigo Ramírez Martínez, fueron detenidos por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional en el conjunto habitacional Oceana de Playas de Rosarito, Baja California, sin mediar una orden de detención o presentación. En dicho lugar, los militares comenzaron a torturarlos, propinándoles una golpiza, asfixia con bolsa de plástico y descargas eléctricas en los genitales.
Ramiro López Vásquez fue igualmente detenido en la Ciudad de Playas de Rosarito, Baja California en las inmediaciones del primer puente peatonal en la carretera libre de Tijuana-Rosarito mientras se encontraba en las horas de descanso de su jornada laboral. En el receso, se encontraba hablando con su pareja por celular, cuando el convoy se detuvo y lo acusó de ser halcón del crimen organizado.
Ese mismo día, los cuatro detenidos fueron trasladados a dos casas particulares, a bordo de vehículos no oficiales. En el trayecto, así como durante su permanencia en dichas casas, fueron sometidos a actos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes. Continuaron siendo objeto de golpes, descargas eléctricas y asfixia. Además, fueron víctimas de tortura psicológica, ya que amenazaban con matarlos, poniéndoles una pistola en la cabeza, si no se declaraban culpables de un secuestro.
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Finalmente, fueron trasladados a la II Zona Militar, en el denominado “Cuartel Morelos”, en donde fueron presentados ante los medios de comunicación como una “banda de secuestradores”. Asimismo, fueron fotografiados con un gran número de armas de diversos calibres, supuestamente encontradas bajo su poder.
A los 4 Civiles de Rosarito se les acusó de cometer varios delitos federales en flagrancia, aunque se ha comprobado que no fueron detenidos en el lugar en el que los militares señalaron en su parte informativo. Las cuatro personas refieren que el 17 de junio de 2009 fueron obligados a firmar sus declaraciones ante el Ministerio Público mediante torturas y con los ojos vendados. A pesar de haberlos visto severamente golpeados, el agente del Ministerio Público determinó que debían seguir bajo custodia militar.
Permanecieron detenidos en instalaciones de la Segunda Zona Militar en Tijuana, Baja California, del 16 al 20 de junio, días durante los cuales persistieron los malos tratos, ya que los mantenían amarrados de pies y manos antes de dormir y amordazados con cinta adhesiva. No les permitían ingerir alimentos ni agua, ni realizar sus necesidades fisiológicas. Durante estos días sus familias desconocían su paradero, ya que ni en la Procuraduría General de la República ni en el cuartel Militar les proporcionaban información al respecto.
El 20 de junio, los 4 fueron trasladados al 28vo Batallón de Infantería de la Secretaría de la Defensa Nacional denominado “Aguaje de la Tuna” en la ciudad de Tijuana, Baja California.
En este lugar, persistieron los malos tratos y permanecieron en situación de arraigo del 20 de junio al 31 de julio del 2009. A partir del 21 de junio de 2009, les fue posible recibir visitas de sus familiares, pero en éstas siempre estaba presente personal militar intimidándolos y vigilando que no dijeran nada de lo ocurrido.
El 31 de julio de 2009 fueron trasladados al Centro Federal de Readaptación Social Número Cuatro “Noroeste” localizado en el Rincón municipio de Tepic, Nayarit. El auto de formal prisión tomó como prueba determinante para la privación de la libertad, las declaraciones de las víctimas obtenidas bajo tortura, a pesar de que las mismas víctimas y su defensa han argumentado en repetidas ocasiones que esas pruebas deben ser excluidas.
Actualmente, los 4 de Rosarito aún padecen las secuelas de la tortura. Orlando Santaolaya aún tiene dislocada la mandíbula producto de los golpes; Rodrigo Ramírez tiene un hematoma en el cuello que ha requerido intervenciones quirúrgicas; Ramiro Ramírez tiene una lesión en la columna vertebral; y Ramiro López perdió un oído a causa de los golpes recibidos en la cabeza.
Línea del tiempo
16 de junio de 2009
Ramiro Ramírez, Orlando Santaolaya, Ramiro López y Rodrigo Ramírez fueron detenidos por elementos de la SEDENA en Rosarito, Baja California.
17 de junio de 2009
Después de horas siendo torturados, fueron obligados a firmar sus declaraciones ante el Ministerio Público con los ojos vendados.
16 al 20 de junio de 2009
Permanecieron detenidos en instalaciones militares donde persistieron los malos tratos. Durante estos días sus familias desconocían su paradero.
Septiembre de 2015
El Comité contra la Tortura determinó que el Estado mexicano es responsable de haber cometido diversas violaciones a derechos humanos en contra de las cuatro víctimas.
25 de noviembre de 2015
Obtienen sentencia absolutoria y con ello, recuperan su libertad después de una incansable lucha.
Por los hechos narrados con anterioridad, la CMDPDH, junto con la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), presentó el 15 de marzo de 2012 una comunicación individual del caso ante el Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, de conformidad con lo establecido en la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y Degradantes. Esta es la primera comunicación individual que se presenta ante este Comité de la ONU en contra de México.
En su decisión, emitida en septiembre de 2015, el Comité contra la Tortura concluye que México violó los artículos 1°, 2°, en relación con el artículo 1º, 12, 13, 14, 15 y 22 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas, Crueles, Inhumanos o Degradantes, una de las convenciones más importantes de las Naciones Unidas, de la cual México es parte desde 1986. El Comité determinó que el Estado mexicano es responsable de haber cometido tortura en contra de las cuatro víctimas; de no haber tomado medidas eficaces para impedir los actos de tortura durante su detención y arraigo en instalaciones militares; de haber omitido una investigación de oficio, inmediata e imparcial sobre los hechos de tortura; de no haber reparado a las víctimas y sus familiares de los daños que se les ocasionó; y de dictar el auto de formal prisión sobre la base de confesiones obtenidas bajo tortura.
El 25 de noviembre de 2015, el Juez Segundo de Distrito de Procesos Penales en el Estado de Nayarit dictó dentro del proceso penal que seguía en contra de los 4 Civiles de Rosarito, sentencia absolutoria en el que determina que estos no son penalmente responsables de la comisión de los delitos que se les imputó en el año 2009 al momento de su detención arbitraria. Las pruebas que los implicaban fueron obtenidas como consecuencia de la detención arbitraria y la tortura, por lo que debían ser declaradas ilícitas, lo que dio como consecuencia la absolución de las víctimas.