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Hermanas González Pérez

#ChapawanelJusticia

Fecha:
4.06.1994

Lugar:
Altamirano, Chiapas

Fecha de publicación:
20.07.2022

Etiqueta:
Tortura sexual

¿Qué les sucedió a las hermanas?

El 4 de junio de 1994, las “Hermanas González Pérez”, mujeres indígenas tseltales, fueron detenidas ilegal y arbitrariamente en el retén militar localizado en el camino que va rumbo al Ejido Jalisco, en el municipio de Altamirano, Chiapas. Su detención fue llevada a cabo en el contexto del levantamiento encabezado por el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Al momento de los hechos, ninguna de ellas hablaba español, y Celia era una adolescente de tan sólo 16 años.

La detención se llevó a cabo por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA), con el objetivo de interrogarlas para obtener información relacionada con las actividades del EZLN, además de acusarlas de pertenecer a dicho movimiento. Las Hermanas González Pérez y su madre fueron un motín de guerra: privadas de su libertad, fueron golpeadas y torturadas sexualmente en reiteradas ocasiones. Después de estos hechos se les amenazó indicándoles que, si denunciaban lo ocurrido, las volverían a detener para recluirlas en el penal de Cerro Hueco. 

A pesar del temor latente y las dificultades para colocar su denuncia, el 30 de junio de 1994  presentaron la denuncia ante el Ministerio Público Federal,  la cual fue robustecida con un examen médico ginecológico en el que quedaron certificadas las huellas de la violación sexual. Esta información fue corroborada y ratificada mediante la declaración de Ana y Beatriz González Pérez.

Desde 1994, Ana, Beatriz y Celia González Pérez, así como su madre Delia Pérez de González, son acompañadas por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional(CEJIL) y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C (CMDPDH). Más recientemente, a este acompañamiento se ha sumado el Comité Hermanas González Pérez de San Cristóbal de las Casas, Chiapas.

Sin justificación alguna, el expediente fue trasladado a la Procuraduría General de Justicia Militar en septiembre de 1994, donde fue archivado bajo los argumentos de “falta de interés en el caso por parte de sus representantes y las mismas víctimas, al negarse a comparecer a declarar nuevamente y someterse a nuevas pericias ginecológicas en la jurisdicción militar”; en consecuencia, determinaron que no se configuraban los delitos. Estos argumentos ignoraron el hecho de que, para las hermanas González Pérez, resultaba revictimizante e injustificado el someterse a nuevos interrogatorios y exámenes en el espacio controlado por la institución a la que estaban adscritos sus agresores. 

Ante el expreso incumplimiento por parte del Estado mexicano con su obligación de investigar los hechos denunciados, castigar a los responsables y reparar las violaciones, el 16 de enero de 1996 el caso fue sometido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo internacional que el 19 de noviembre de 1999 emitió el Informe de Admisibilidad No. 129/99

El 4 de abril de 2001, la CIDH emitió el Informe de Fondo No. 53/01 declarando la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la violación a diversos derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tales como: la violación de los derechos a la integridad personal, a la protección de la honra y de la dignidad, a la libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial efectiva; además, en el caso de Celia González, por la violación de los derechos de la niñez, establecidos en el artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

En consecuencia, la CIDH emitió las siguientes recomendaciones al Estado mexicano:

  1. Investigar de manera completa, imparcial y efectiva en la jurisdicción penal ordinaria mexicana para determinar la responsabilidad de todos los autores de las violaciones de derechos humanos en perjuicio de Ana, Beatriz y Celia González Pérez y Delia Pérez de González.
  2. Reparar adecuadamente a Ana, Beatriz y Celia González Pérez y a Delia Pérez de González por las violaciones de los derechos humanos aquí establecidas.

El 4 de abril de 2001, la CIDH emitió el Informe de Fondo No. 53/01 declarando la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la violación a diversos derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, tales como: la violación de los derechos a la integridad personal, a la protección de la honra y de la dignidad, a la libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial efectiva; además, en el caso de Celia González, por la violación de los derechos de la niñez, establecidos en el artículo 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

En consecuencia, la CIDH emitió las siguientes recomendaciones al Estado mexicano:

  1. Investigar de manera completa, imparcial y efectiva en la jurisdicción penal ordinaria mexicana para determinar la responsabilidad de todos los autores de las violaciones de derechos humanos en perjuicio de Ana, Beatriz y Celia González Pérez y Delia Pérez de González.
  2. Reparar adecuadamente a Ana, Beatriz y Celia González Pérez y a Delia Pérez de González por las violaciones de los derechos humanos aquí establecidas.
Línea del tiempo

4 de junio de 1994

Las “Hermanas González Pérez” fueron detenidas ilegal y arbitrariamente en el retén militar localizado en Altamirano, Chiapas. Fueron golpeadas y torturadas sexualmente.

16 de enero de 1996

Ante la evidente impunidad que llevaba el caso hasta ese momento, el 16 de enero de 1996 fue sometido ante la CIDH, organismo internacional que el 19 de noviembre de 1999 emitió el Informe de Admisibilidad No. 129/99

4 de abril de 2001

La CIDH emitió el Informe de Fondo No. 53/01 declarando la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la violación a diversos derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

18 de octubre de 2019

Como parte del proceso de reparación, en Ocosingo, Chiapas, se llevó a cabo un acto de disculpas públicas por parte del Gobierno Federal. No hubo ningún representante de la SEDENA. Por lo tanto, el Estado mexicano sigue en deuda.

Las disculpas Públicas

Como parte del proceso de reparación, el 18 de octubre de 2019, en Ocosingo, Chiapas, se llevó a cabo un acto de disculpas públicas por parte del Gobierno Federal, en el cual estuvo presente la Secretaría de Gobernación, Olga Sánchez Cordero y el Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, Alejandro Encinas Rodríguez, quienes ofrecieron una disculpa a las hermanas González y su madre. La disculpa también estuvo dirigida a las comunidades de la región por las violaciones a sus derechos humanos cometidas por elementos del Ejército mexicano en medio de un contexto de represión en contra de los pueblos indígenas en Chiapas. Sin embargo, a pesar de las reiteradas solicitudes hechas por las víctimas, no existió ningún representante de la SEDENA en dicho acto.

Por lo tanto, el Estado mexicano sigue estando en deuda para continuar con la implementación de debidas acciones que lleven a garantizar de manera efectiva el derecho a la reparación integral en favor de las Hermanas González y su madre.

El caso de las hermanas González hasta el momento

El caso de Ana, Beatriz y Celia González Pérez, así como su madre Delia Pérez de González, continúa en seguimiento. El día 10 de diciembre de 2020 se firmó el Acuerdo de cumplimiento de las recomendaciones del Informe de Fondo No. 53/01. Al respecto, en dicho acuerdo el Estado se compromete –entre otros– a otorgar a las hermanas González Pérez y su madre las compensaciones económicas por daño material e inmaterial, y además, a realizar y proseguir con la debida diligencia, dentro un de plazo razonable, con todas las investigaciones y actuaciones necesarias para arribar a la verdad de los hechos, y, en su caso, sancionar a los responsables.

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