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Lorena González Hernández

#AltoALaFabricacionDeCulpables

Fecha:
05.09.2008

Lugar:
Ciudad de México

Fecha de publicación:
04.08.2022

Etiqueta:
Detención arbitraria, fabricación de culpables, tratos crueles y arraigo.

«Acepto las disculpas de las autoridades porque necesito y exijo un futuro con justicia. Pido que atiendan a los otros casos como los míos.»

Lorena González Hernández es Licenciada en Derecho y Negocios Internacionales, tiene veinte años de carrera policial en la Procuraduría General de la República, y la Policía Federal. Su proyecto de vida fue frustrado cuando, a través del uso abusivo y arbitrario del poder político, en 2008 fue detenida arbitrariamente, para después ser injustamente privada de su libertad por casi siete años, acusada de un delito que no cometió.

 

El 5 de septiembre de 2008, Lorena González Hernández fue detenida ilegal y arbitrariamente en las instalaciones de la Policía Federal —donde había trabajado desde 1995— en cumplimiento de una orden de presentación emitida por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF). Tiempo después, Lorena González se enteraría de que se le estaba acusando de haber participado en el lamentable secuestro de un menor de edad, hijo de un importante empresario mexicano.

Tras hacerse pública la detención de Lorena González, y del resto de los acusados, se citó a los principales medios de comunicación, nacionales e internacionales, a una aparatosa conferencia de prensa en la que Lorena fue exhibida como una relevante integrante de la banda señalada de haber cometido el secuestro. La exhibición pública sometió a Lorena a un tribunal mediático, lo que provocó animadversión social y una condena social previa, cuyas consecuencias continúan hiriendo a Lorena y su familia hasta hoy en día.

A pesar de que se requirió la comparecencia de Lorena solo como persona presentada, el ministerio público investigador determinó su retención bajo la figura de caso de urgencia, y solicitó ante un Juez Penal su arraigo durante la integración de la averiguación previa que se seguía en su contra. Durante los dos meses en que se le mantuvo en arraigo, Lorena se encontró en confinamiento parcial; posteriormente, fue trasladada al Centro Femenil de Readaptación Social “Santa Martha Acatitla”, en donde permaneció dos meses más en un área sin contacto alguno con otras personas.

Durante la investigación del caso, la PGJDF practicó diversas diligencias, entre ellas un procedimiento hipnótico, a la única víctima sobreviviente del ataque al convoy en que viajaba el joven secuestrado y su grupo de escoltas, quien también fue testigo del secuestro del niño, lo que reveló que la institución ministerial se allegó de todo tipo de prácticas ilegales y cuestionables en la investigación. Además, la acusación inicial se sustentó en falsos testimonios de personas que nunca existieron, dado que sus identidades fueron fabricadas para sostener una acusación en contra de Lorena.

Al mismo tiempo, en el ámbito federal, un proceso por los mismos hechos y delito fue abierto en contra de otra mujer, a la que se le imputó la misma conducta que a la Lorena González en la Ciudad de México. A pesar de ello, la PGJDF no le dio importancia a dicha acusación, ni valoró adecuadamente las consecuencias jurídicas de la misma sobre el proceso que se seguía en el fuero local.

Tiempo después, las autoridades del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal comenzaron a fabricar un nuevo caso de secuestro del contra de Lorena. A pesar de que se libró una nueva orden de aprehensión en el Juzgado Penal por este nuevo caso, las autoridades mantuvieron oculto el caso con la intensión de ejecutar la orden de aprehensión solo si Lorena conseguía alcanzar su libertad en el primer proceso. De esta manera, las autoridades sellaban la cadena perfecta de impunidad.

Una vez concluida la etapa probatoria, y gracias a la incansable lucha de la familia y representantes de Lorena, el Ministerio Público adscrito al Juzgado Penal presentó desistimientos de la acción penal a través de la formulación de conclusiones absolutorias en favor de Lorena González, mismas que fueron ratificadas por el titular de la Procuraduría General de Justicia. En los dos casos, la representación social reconoció ante el juzgador la existencia de violaciones al debido proceso y, sobre todo, valoraciones probatorias indebidas, lo cual dio lugar al sobreseimiento de los procesos penales. En consecuencia, Lorena obtuvo su libertad el 15 de julio de 2015.

Su liberación tomó casi siete años de defensa penal y constitucional; sin embargo, la procuraduría capitalina nunca justificó por qué tardó más de seis años en retirar la injusta acusación en contra de Lorena.

Línea del tiempo

5 de septiembre de 2008

Lorena González Hernández fue detenida ilegal y arbitrariamente en las instalaciones de la Policía Federal.

15 de julio de 2015

Después de casi 7 años de lcuha, Lorena recupera su libertad.

Noviembre de 2018

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 64/2018, por el caso Lorena González.

10 de octubre del 2019

Disculpa pública para Lorena González.

Por todos estos hechos, la defensa de Lorena había presentado desde el año 2010 una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), con sus subsecuentes ampliaciones, misma que dio lugar al expediente CDHDF/I/121/XOCH/10/D7204. Sin embargo, tres meses antes de que Lorena recobrara su libertad, el organismo público local determinó cerrar el expediente tras considerar “que no existían elementos suficientes para acreditar las violaciones a los derechos humanos” que fueron denunciados. Contra el cierre de la investigación, Lorena González interpuso recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en mayo de 2015, dando lugar al expediente CNDH/1/2015/60/RI.

Varios años después, tras un intento de cerrar el expediente, y gracias a la incesante lucha de Lorena y su representación, a finales de noviembre de 2018 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 64/2018, dirigida al entonces Jefe de Gobierno de la Ciudad de México y al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en donde reconoció que Lorena fue víctima de detención arbitraria por parte de elementos de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF, ahora PGJCDMX); y de violaciones a sus derechos a la presunción de inocencia y la privacidad por la exhibición mediática que sufrió.

La CNDH determinó que la falta de debida diligencia y prontitud por parte del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sumado a la mala fe y arbitrariedad por parte de la Procuraduría, permitió que Lorena González permaneciera privada injustamente de su libertad por seis años y diez meses.

Con base en ello, la Comisión Nacional recomendó una serie de medidas de reparación integral para Lorena González, entre ellas, el ofrecimiento de disculpas públicas por parte de la Procuradora General de Justicia de la Ciudad de México y del titular del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, así como el reconocimiento de la responsabilidad en la que incurrieron las instituciones a su cargo.

Actualmente, la víctima y su representación se encuentran en un proceso de negociación —mediado por la Coordinación General de Seguimiento de Recomendaciones y de Asuntos Jurídicos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos—para la implementación de los puntos recomendatorios. Lamentablemente, el proceso ha arrojado resultados ambivalentes por la falta de voluntad, proactividad, y debida diligencia por parte de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

Lorena continúa en su lucha por la memoria, la verdad, la justicia, y la reparación integral por el daño que causó el ejercicio abusivo y arbitrario del poder político a ella y su familia. A la par, dedica sus esfuerzos a exigir que nunca más se repitan casos similares al suyo.

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