CNDH
Una queja por tortura y/o malos tratos se tramita ante la CNDH para denunciar la presunta violación de derechos humanos cometida por un servidor público federal.
CEDH
Las comisiones estatales reciben quejas por tortura y/o malos tratos cuando el agresor es un servidor público estatal o municipal.
El trámite de tu queja en las comisiones de derechos humanos y las asesorías, todas son gratuitas. Además, no es necesario que asistas con un abogado/a, aunque si tú así lo deseas puedes nombrar un representante.
Plazo para presentar tu queja: Idealmente, debes presentar tu queja antes de un año de que ocurrieron los hechos. Al tratarse de actos de tortura, como se considera que es una violación grave a los derechos humanos, el plazo de presentación no deberá de limitarse.
La queja puede tramitarse:
Al presentar tú queja, la visitadora o visitador adjunto deberá de investigar de manera diligente para comprobar que un servidor público cometió tortura o tratos crueles en tu contra. Lo que se busca es que se emita una Recomendación en la que:
La CNDH no permite comunicaciones anónimas. En caso de que no identificarse el quejoso o no estar firmado el escrito de queja, este deberá ratificarlo a más tardar tres días después de su presentación. Siempre en protección de tus datos personales.
Cuando se admite una queja, se abre un expediente que es asignado a un visitador adjunto, quien es el responsable del trámite hasta su total conclusión. Se inicia un proceso de investigación que incluirá tanto las pruebas que deberán ser recabadas por la Visitaduría, como aquellas aportadas por la persona que presenta la queja.
El artículo 27 de la Ley General de Víctimas nos da esa respuesta:
La restitución busca devolver a la víctima a la situación anterior a la comisión del delito o a la violación de sus derechos humanos. Por ejemplo: la libertad de la persona víctima de tortura.
La rehabilitación busca facilitar a la víctima hacer frente a los efectos sufridos por causa del hecho punible o de las violaciones de derechos humanos. Por ejemplo la atención médica y psicológica a la víctima.
La compensación ha de otorgarse a la víctima de forma apropiada y proporcional a la gravedad del hecho punible cometido o de la violación de derechos humanos sufrida y teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso. Ésta se otorgará por todos los perjuicios, sufrimientos y pérdidas económicamente evaluables que sean consecuencia del delito o de la violación de derechos humanos. Por ejemplo, la reparación económica por la pérdida del empleo.
La satisfacción busca reconocer y restablecer la dignidad de las víctimas. Por ejemplo, que la autoridad te pida disculpas públicamente.
Las medidas de no repetición buscan que el hecho punible o la violación de derechos sufrida por la víctima no vuelva a ocurrir. Por ejemplo, que se investiguen los hechos y se sancione a los responsables, se establezcan protocolos o medidas legislativas.