Ciudad de México a 22 de febrero de 2017.- Tras un año de litigio, la Familia Parral Rabadán ganó el recurso de revisión 252/2016, dentro del juicio de amparo 195/2016 en contra de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO) de la Procuraduría General de la República (PGR), para obtener las copias certificadas y sin testar del expediente de la averiguación previa del homicidio de Jorge Antonio Parral Rabadán a manos de integrantes de las Fuerzas Armadas mexicanas en el contexto de la fallida política de seguridad interior. La sentencia fue emitida por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México.
Después de casi siete años de la ejecución de Jorge Antonio Parral Rabadán, ningún servidor público ha sido llevado a la justicia por la PGR, por el contrario la familia Parral Rabadán se ha enfrentado con obstáculos que han garantizado la impunidad. En diciembre de 2015, para ejercer adecuadamente su derecho a la coadyuvancia, la familia Parral solicitó copias de una de las averiguaciones previas radicadas en la SEIDO, en la que se investigan los hechos en los que Jorge Antonio Parral Rabadán fue privado de su vida y libertad, las cuales fueron negadas por el Agente del Ministerio Público argumentando secrecía de la investigación. Con esa interpretación la PGR violó los derechos de las víctimas reconocidos en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley General de Víctimas, por lo cual fue necesario recurrir al juicio de amparo.
La resolución del Poder Judicial Federal es consistente con las obligaciones del Estado mexicano reconocidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo “Rosendo Radilla Pacheco vs. México” que resolvió en el año de 2009:
256. (…) en casos como el presente, la negativa de expedir copias del expediente de la investigación a las víctimas constituye una carga desproporcionada en su perjuicio, incompatible con el derecho a su participación en la averiguación previa. En el caso que nos ocupa, esto se tradujo en una violación del derecho de la señora Tita Radilla Martínez a participar plenamente en la investigación. Al respecto, los Estados deben contar con mecanismos menos lesivos al derecho de acceso a la justicia para proteger la difusión del contenido de las investigaciones en curso y la integridad de los expedientes
(…)
258. Tomando en cuenta lo anterior, y en aplicación del artículo 29 b) de la Convención Americana, la Corte considera que debe entenderse que el derecho de las víctimas en este caso a obtener copias de la averiguación previa conducida por la Procuraduría General de la República no está sujeto a reservas de confidencialidad, en tanto que la misma se refiere a la investigación de delitos constitutivos de graves violaciones a los derechos humanos, como lo es la desaparición forzada del señor Rosendo Radilla Pacheco. De esta manera, las víctimas en el presente caso deben tener derecho al acceso al expediente y a solicitar y obtener copias de mismo, ya que la información contenida en aquél no está sujeta a reserva.[1]
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Información complementaria:
El 24 de abril de 2010 un comando armado ingresó al Puente Internacional número 30, ubicado en Ciudad Camargo, Tamaulipas. A su llegada, los integrantes de la delincuencia organizada preguntaron por la persona que había solicitado se reforzaran las condiciones de seguridad en la zona; en consecuencia, Jorge Antonio Parral Rabadán, administrador del Puente Internacional y empleado de Caminos y Puentes Federales, fue víctima de lo que más temía, que la delincuencia que invadía al estado de Tamaulipas llegara a su lugar de trabajo, poniendo en riesgo a las personas a su cargo.
Dos días después, en el municipio de Dr. Coss en el estado de Nuevo León, un convoy compuesto por diferentes batallones del Ejército mexicano ingresaron al rancho “El Puerto”, accionando sus armas en contra de un número desconocido de personas sin hacer distinción entre integrantes de la delincuencia organizada y personas secuestradas. Jorge Antonio Parral Rabadán fue ejecutado extrajudicialmente por 14 disparos proyectados a menos de un metro de distancia. Su muerte se suma a las 151,233 víctimas quienes han perdido la vida debido a la política militarizada de seguridad interior del Poder Ejecutivo Federal[2]; la lucha de su Familia se suma a la de una incontable cantidad de familias mexicanas que con todo el dolor que existe, recorren instituciones en la búsqueda de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
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