Comunicado de prensa
· Proponen más de 60 Recomendaciones para legislativo, ejecutivo y judicial
· Destacan que desde los años 70 México promueve el asistencialismo en temas de discapacidad
· Buscan hacer cumplir en México Convención ONU sobre discapacidad: inclusión social, el reto.
· Advierten fallas de la CNDH y del Marco Nacional
México D.F., 31 de octubre de 2011
En México desde los años setenta se sostiene la visión de la discapacidad como un problema de salud exclusivamente, lo que ha llevado a perpetuar el desarrollo de políticas de corte asistencial, aún a pesar de la firma de Tratados que establecen los estándares y obligaciones que el gobierno debe cumplir para hacer vigentes todos los derechos de las personas con discapacidad.
En mayo de 2008 entró en vigor la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, tratado internacional fuertemente impulsado, promovido, firmado y ratificado por México, situación que lo compromete a cumplir con todo su contenido, entre ello, presentar informes periódicos, el primero tras dos años de su ratificación y posteriormente, cada cuatro.
En este sentido, con base en una labor de documentación de más de 100 organizaciones civiles de todo el país, elaboramos un informe alternativo sobre los derechos a la educación, salud, trabajo, inclusión en la comunidad y personalidad jurídica, así como en los temas de accesibilidad, políticas públicas y presupuestarias en materia de discapacidad; informe que hoy presentamos ante el Comité de Naciones Unidas sobre los derechos de las PCD.
Entre otras consideraciones, advertimos que, no obstante que el gobierno aprobó y publicó el 31 de mayo de 2011 la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad con el objeto de cumplir con los compromisos adquiridos con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, a nivel nacional persiste la grave y profunda falta de conocimiento e instrumentación en materia de inclusión social de este grupo social. Además en el proceso de elaboración de la Ley General ni las organizaciones de la sociedad civil ni mucho menos las PCD fueron incluidas; todo esto hace incompatible la Ley General con los estándares consagrados en la propia Convención.