México, D.F. 14 de septiembre de 2012
Comunicado de prensa
“CANCILLERÍA IGNORA LA CONSTITUCIÓN AL PROMOVER INMUNIDAD A ZEDILLO”
· SRE ignora la existencia de la jurisdicción universal bajo frágiles argumentos soberanistas e invocando precedentes en beneficio de genocidas y líderes de gobiernos autoritarios
· El artículo 89 fracción X de la Constitución, reformado en 2011, establece como principio rector de la política exterior la defensa y promoción de los derechos humanos
La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH) sostuvo el día de hoy que, al promover la inmunidad del ex presidente Ernesto Zedillo acusado de ser responsable de violaciones de derechos humanos, la Cancillería va en contra del mandato constitucional de defender y promover los derechos humanos contenidos en la misma Carta Magna y los tratados internacionales como eje rector de la política exterior, y con ello demuestra que la política de México en la materia sigue apostando, por la vía de los hechos, al blindaje de prácticas autoritarias en vez de servir al fortalecimiento de los principios democráticos que este gobierno suele invocar en su discurso ante la comunidad internacional.
Para Juan Carlos Gutiérrez, Director de la CMDPDH, “Resulta injustificable que la defensa diplomática de Zedillo realizada por la Cancillería tuviera como argumento central que el conocimiento por parte de un juez estadounidense de actos que se desprenden de actuaciones oficiales de un Jefe de Estado mexicano es violatoria de la soberanía nacional, ignorando por completo el desarrollo internacional de la llamada “jurisdicción universal”, mediante la cual las y los juzgadores de cualquier país, incluso mexicanas/os, están facultados para conocer de casos en los que estén involucradas personas extranjeras en la comisión de crímenes internacionales, como los alegados por las víctimas en el caso de la matanza de Acteal.”
“Cualquier acusación sobre la presunta participación de una persona en graves violaciones de derechos humanos, debe ser investigada y decidida por un tribunal, incluso si el acusado es un funcionario de alto nivel como un ex presidente” afirmó Ximena Andión, Presidenta de la CMDPDH. “El argumento de la soberanía no puede ni debe ser un obstáculo o pretexto para evitar sancionar a los responsables de la comisión de normas universales y sólo un juez es quien debe decidir sobre esta presunta responsabilidad” agregó.
Destaca que el gobierno de Felipe Calderón, lejos de invocar los más altos estándares para la protección de los derechos humanos de la población que demanda, ante la falta de justicia en cortes locales, la consideración judicial de sus casos, como le obliga la Constitución, la Cancillería empleara en su escrito de solicitud de inmunidad un conjunto de precedentes sobre inmunidad en los cuales figuran personas involucradas en crímenes de lesa humanidad, como genocidio, así como el asesinato del ex presidente de Rwanda en el caso de Paul Kagame (citado caso Habyarimana vs. Kagame), violaciones graves de derechos humanos en un régimen autoritario como el de la China de Jiang Zemin (citado caso Wei Ye v. Jiang Zemin), entre otros ejemplos fuertemente cuestionados por ser contrarios a derechos humanos, como el caso de Lafontant, opositor político asesinado en prisión durante el régimen de Jean Bertrand Aristide en Haití.
Por lo anterior, la CMDPDH lamenta la precaria y equívoca posición del gobierno federal ante el caso Zedillo en Estados Unidos y exige a las autoridades que observen de manera puntual sus obligaciones constitucionales en materia de relaciones exteriores. Las víctimas de violaciones tienen derecho a buscar justicia para que los responsables, tanto materiales como intelectuales, que permitieron la comisión de actos atroces como la matanza de Acteal no queden en la impunidad.
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