La Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C. (CMDPDH) comparece respetuosamente ante esa Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la “Corte” o la “CoIDH”) para remitir, de conformidad con el artículo 44 del Reglamento de la Corte, el presente memorial en calidad de amicus curiae para la Opinión Consultiva que emitirá ese tribunal respecto de las actividades de las empresas privadas de armas y sus efectos en los derechos humanos, la cual fue solicitada por el Estado mexicano a esa Corte el 11 de noviembre de 2022. Ello, a fin de contribuir con la CoIDH en la resolución de la cuestión presentada por el Estado respecto de “la forma en que la Convención Americana [de Derechos Humanos (en adelante la “Convención” o la “CADH”)] protege a las personas frente a la violencia armada, con énfasis en la protección frente a las prácticas de la industria de las armas, que en muchas ocasiones se mantienen en la impunidad debido a la falta de recursos efectivos para buscar la reparación de los daños.” En particular, este amicus curiae abundará sobre los estándares de protección de las personas ante las actividades de empresas armamentísticas privadas, abordará lo relativo al impacto de las armas en las personas y las consecuentes violaciones graves de derechos humanos en México, la trazabilidad de las armas y la falta de rendición de cuentas e impunidad, y aportará una sección contextual sobre la situación de violencia armada en México.
Informe: El principio de no devolución.
El presente Informe tiene como objetivo ofrecer recomendaciones que culminen en acciones tendientes a eliminar la práctica de devolución de personas que han expresado formalmente necesidades de protección internacional ante el Estado mexicano....