Pareciera que carecer de una definición sobre desplazados ambientales es un asunto menor, no obstante, en las relaciones internacionales y en temas humanitarios, las definiciones son indispensables en varios sentidos: para guiar las políticas que los gobiernos y las agencias internacionales implementan para responder a movimientos de población; para brindar asistencia y protección durante emergencias humanitarias, desastres, contingencias ambientales y en el proceso de reconstrucción post-desastre; porque las etiquetas nos ayudan a reconocer a las víctimas de daños específicos y a identificar a los responsables de protegerlos y compensarlos por el daño sufrido; y, finalmente, porque es indispensable saber a qué universo de personas nos referimos para poder determinar la magnitud del fenómeno, así como predecir el impacto que tendrá en el futuro.
En el centro del debate se encuentran cinco cuestionamientos esenciales:
- si el desplazamiento es forzado o voluntario;
- si ya ha ocurrido o está en riesgo de ocurrir;
- si es temporal o permanente;
- si los desplazados cruzan fronteras internacionales o se quedan al interior de sus países; y
- si cruzan fronteras, quién debe protegerlos y bajo qué principios o estándares.
Estos reflejan una preocupación global, no solo por entender las causas que subyacen en la decisión de migrar, sino también por diferenciar entre las personas que ya han sido desplazadas como resultado de una catástrofe repentina; las que están en riesgo de serlo debido a afectaciones y cambios graduales en el medio ambiente, y las que cruzan fronteras internacionales.