TRANSPARENCIA & LEGALIDAD
1. Nadie conoce su contenido. El Plan de Persecución Penal (PPP) fue presentado en enero del 2020, pero el texto no se ha hecho de conocimiento público, ni por el
Fiscal General ni por las autoridades correspondientes del Congreso de la Unión.
2. Ha sido presentado al Senado sin participación de la sociedad civil, lo que lo convierte en un documento ilegal en su origen. El artículo 6 de la LOFGR indica que el diseño del PPP “deberá garantizar la participación ciudadana” “conforme a la metodología que apruebe el Fiscal General de la República.” Nada de eso ha sucedido.
3. El Colectivo #FiscalíaQueSirva, integrado por diversas organizaciones de la sociedad civil y expertos en procuración de justicia, en carta dirigida al Fiscal General de fecha 1 de noviembre del 2019, señaló su deseo de participar en la elaboración colectiva del PPP “una vez haya sido convocado y difundida la metodología tal como lo estipula la ley orgánica de la institución”. Ante una solicitud expresa y concreta de participación en la elaboración del PPP, no hubo respuesta.
4. Ha sido presentado al Senado sin ser consultado al Consejo Ciudadano de la Fiscalía General de la República, lo que lo convierte nuevamente en un documento ilegal en su origen. Esto viola el artículo 6 de la LOFGR, que dice que el Fiscal General “deberá presentar ante el Senado de la República el Plan de Persecución Penal, previa consulta al Consejo Ciudadano.”.
5. Existe una solicitud de “Punto de acuerdo” aún pendiente de ser debatido y en agenda del Senado desde el 11 de febrero, que propone solicitar al Fiscal General las razones de los hechos anteriores. Pero no ha sido atendida.